Judicial

JEP niega medidas cautelares solicitadas por ‘Otoniel’ para suspender su extradición

En el documento, además pidieron a la defensa del excapo evidenciar con decisiones judiciales si realmente perteneció a la extinta guerrilla de las Farc en los ochenta.

Dairo Antonio Úsuga David, 'Otoniel'. Foto: Colprensa/Dijin.

Dairo Antonio Úsuga David, 'Otoniel'. Foto: Colprensa/Dijin.

La W conoció en primicia que la Sección de Revisión de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) negó la solicitud de medidas cautelares interpuesta por el excomandante del Clan del Golfo, Dairo Úsuga ‘Otoniel’, con el fin de que se suspendiera su traslado a Estados Unidos, hasta que la JEP definiera si aplicaba en su favor o no la Garantía de no Extradición (GNE).

En la determinación conocida por W Radio, los magistrados concluyeron que la medida de protección solicitada por el exparamilitar no cumple con los requisitos de urgencia como lo manifestaba su abogado, y que su defensor indicara que el proceso de extradición ante la Corte Suprema de Justicia se adelantaba con “celeridad y velocidad muy superior” y eso afectaba su derecho a la defensa, es solo una apreciación subjetiva del abogado.

“...el Despacho en este momento, no cuenta con elementos de juicio que den cuenta de ello; y, en general, el impulso de un procedimiento judicial con diligencia, en sí mismo, no supone una trasgresión a los derechos de los sujetos procesales e intervinientes que esa actuación”, sentenciaron los jueces.

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Además, explicaron que la sola existencia de un trámite de extradición a los Estados Unidos “no afecta, por ese solo motivo, las contribuciones relevantes que pueda estar realizando actualmente ante la JEP y la Comisión de la Verdad”, señalando que “en principio, no hay una situación objetiva y clara, que revele una obstrucción o afectación a los intereses procesales de las actuaciones transicionales de conocimiento”.

Aunque la defensa del excapo argumenta que ‘Otoniel’ integró brevemente las Farc en la década de los ochenta en la zona de Urabá, la JEP encontró que más allá de un acta de Justicia y Paz y un certificado de una fundación no hay mayores pruebas que puedan acreditar esa supuesta pertenencia, por lo cual solicitó a la Oficina del Alto Comisionado para la Paz que indique si ‘Otoniel’ integró o no los listados que presentó la extinta guerrilla.

Su abogado también deberá sustentar con decisiones judiciales si realmente el excomandante del Clan del Golfo fue acusado o condenado por alguna actuación que acredite que integró las Farc.

“Asimismo, se requerirá al apoderado judicial del solicitante, para que, si es el caso, remita únicamente, las resoluciones de la Fiscalía General de la Nación o las providencias judiciales en las que se haya acusado o condenado a su representado por su pertenencia a la antigua guerrilla de las Farc”, se lee en el documento conocido por La W.

La JEP además solicitó a la cancillería y a la Corte Suprema de Justicia el envío del expediente para conocer los hechos por los cuales el excomandante del Clan del Golfo y exparamilitar es requerido por los tribunales de Estados Unidos. La Corte asimismo deberá enviar copia de las actuaciones rendidas hasta el momento.

Así las cosas, para la JEP no se reunieron los requisitos necesarios para que dieran inicio al trámite de Garantía de no Extradición que solicita ‘Otoniel’, por tanto, hasta que no se allegue la información requerida tampoco se podrá decidir de fondo.

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