Judicial

Corte Interamericana cita audiencia por persecución a organización defensora de derechos humanos

Entre los funcionarios del Estado que rendirán declaración se encuentra el director de la UNP, Alfonso Campo, así como la ex vicefiscal María Paulina Riveros.

Corte Interamericana cita audiencia por persecución a organización defensora de derechos humanos / imagen de referencia. Foto: Agencia Anadolu

Corte Interamericana cita audiencia por persecución a organización defensora de derechos humanos / imagen de referencia. Foto: Agencia Anadolu(Thot)

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) fijó para los próximos 12 y 13 de mayo la audiencia pública dentro del proceso donde se evaluará la presunta responsabilidad del Estado en las amenazas y estigmatizaciones que ha vivido en los últimos 30 años la organización Colectivo José Alvear Restrepo.

Entre las denuncias que llegaron desde el 2001 a instancias internacionales se alega la realización de actividades de inteligencia contra esa organización social y de víctimas, así como discursos estigmatizantes, particularmente de cara a la “impunidad” en que se mantienen muchas de las investigaciones.

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Desde la organización denunciante, CEJIL, y las víctimas del Colectivo, se señaló y aprobó la declaración de Alirio Uribe, el investigador y director de DeJusticia, Rodrigo Uprimny, así como 17 presuntas víctimas.

Por parte del Estado responderá en la diligencia el actual director de la Unidad Nacional de Protección (UNP), Alfonso Campo Martínez, quien se referirá a “la manera como se acuerdan las medidas; el seguimiento que se realiza de las medidas otorgadas, y las medidas de protección de las cuales han sido beneficiarias las presuntas víctimas del caso”.

También fue citada la ex vicefiscal general María Paulina Riveros, con miras a que se refiera a “los riesgos que enfrentan las personas defensoras de derechos humanos en el Estado colombiano, particularmente sus problemáticas y causas; la evolución del marco normativo interno para la garantía de los derechos humanos de las personas defensoras de derechos humanos”.

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