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¡Ojo! Crean facturación de renta para quienes no declararon y les tocaba

Las personas naturales que reciban esta factura, tienen dos meses para pagar el monto establecido por la entidad.

Imagen de referencia de cuentas. Foto: Getty Images

Imagen de referencia de cuentas. Foto: Getty Images / Ricardo Vallejo / EyeEm

Por medio de una resolución del 001212 5 de agosto, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) implementó la facturación de renta para combatir la evasión de impuestos.

Esto aplica a quienes, teniendo la obligación de declarar renta, no lo han hecho. Lo que ocurrirá es que al día siguiente de que se le venza el plazo para declarar, la Dian notificará por correo electrónico un monto a declarar, calculado mediante información del sistema de facturación electrónica, información exógena, reportes, entre otros.

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Las personas naturales que reciban esta factura tienen dos meses para pagar el monto establecido por la entidad. Si no lo hacen, la resolución establece que esta factura tiene mérito ejecutivo, es decir, el monto puede ser cobrado judicialmente.

Si la persona no está de acuerdo con el monto establecido por la DIAN, tiene dos meses para presentar la declaración con el monto que considere apropiado. Sin embargo, expertos consultados por W Radio advierten que acá habría un vacío jurídico ya que no se permite la interposición de recursos sobre esta factura.

Esta resolución acelera el proceso para cobrarle a los evasores, ya que antes el proceso de cobro se demoraba 5 años y ahora, se va a demorar apenas unos días.

W Radio se contactó con el exdirector de la Dian, Lisandro Junco, para saber por qué un asunto tan importante fue firmado el último día del Gobierno y aseguró que esto se creó a raíz de la última reforma tributaria y debían reglamentarlo.

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