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Corporación Cívica de Caldas le pide al alcalde de Manizales no bloquear ciudadanos

Hace un llamado a congresistas de Caldas y del resto del país, a fin de que reglamenten la libertad de expresión, bajo parámetros democráticos.

Crédito: Corporación Cívica de Caldas.

Crédito: Corporación Cívica de Caldas.

Desde la Corporación Cívica de Caldas se ha dado a conocer que, con base en la sentencia T-244 del 2018, la entidad argumenta las razones jurídicas de por qué el alcalde de Manizales debe permitir el acceso a la información, a la réplica y a la libertad de expresión, algo que está vulnerando al bloquear a ciertos ciudadanos, veedores, analistas y un concejal en su cuenta de Twitter.

“La CCC conoció las diferentes quejas públicas frente a este manejo, que ha decidido darle el alcalde de la capital de Caldas y quien administra su cuenta de Twitter, por lo que se permite expresar:

Este es un caso que representa una pugna de derechos: en cuanto a los ciudadanos, está en discusión sus derechos a la libertad de expresión y acceso a la información; y en cuanto al alcalde, su derecho al buen nombre y a la honra, ambos mediados por la información frente a la condición de servidor público, que en la actualidad ejerce el mandatario.

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Sobre la libre expresión, los ciudadanos tienen derecho a expresar su opinión, la cual es subjetiva, y el mandatario podrá realizar las réplicas que considere, si no está de acuerdo. Si se trata de información que brindan los ciudadanos, al entenderse esta como objetiva, el mandatario podrá solicitar una rectificación. En los dos casos, en defensa de su derecho a la honra y al buen nombre.

Carlos Mario Marín cumple un rol político, que él mismo escogió cuando decidió ser candidato para así llegar al cargo que hoy ostenta, o sea, es una persona expuesta públicamente que está sometida a un mayor escrutinio, de nuevo, por su propia elección. Así que el bloqueo es un exceso, si se tiene en cuenta su condición política.

No es la calidad del sujeto sino la importancia de las actividades y actuaciones de una persona determinada: sus publicaciones en sus redes sociales pertenecen a la función pública y su actividad como mandatario, por lo que los ciudadanos, al hacer pública su opinión, no están atacando a la persona ni su esfera privada”, entre otros puntos, indican desde la entidad.

Añaden que, la jurisprudencia en el territorio colombiano registra varios casos similares al ya mencionado, además de los ya evidenciados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por lo que hacen un llamado a los congresistas de Caldas y del resto de Colombia, a fin de que reglamenten la libertad de expresión, siempre bajo parámetros democráticos.

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