Actualidad

Listo borrador de decreto para que Petro asuma el control de los servicios públicos

La decisión del jefe Estado la tomó teniendo en cuenta el artículo 370 de la Constitución Política y la ley 142 de 1994 en el artículo 68 que habla de la delegación de funciones presidenciales a las comisiones de regulación de los servicios públicos

Presidente Gustavo Petro (Photo by Manuel Cortina/SOPA Images/LightRocket via Getty Images)

Presidente Gustavo Petro (Photo by Manuel Cortina/SOPA Images/LightRocket via Getty Images) / SOPA Images

Hace unos días desde el departamento de Boyacá, el presidente Gustavo Petro aseguró que asumiría por un tiempo el control de las políticas generales de administración de los servicios públicos del país. Ante este anuncio, el Gobierno ya tiene listo el borrador de decreto que materializa esa orden y deseo del mandatario.

El presidente, entonces estará participando en las comisiones de Regulación de Energía y Gas y la de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico como queda estipulado en el borrador de decreto.

Le puede interesar

“Reasumir las funciones de carácter general delegadas a la Comisión de Regulación de Energía y Gas y a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico efectuadas mediante los Decretos 1524 y 2253 de 1994 y demás normas concordantes, las cuales, de conformidad con el artículo 68 de la ley 142, serán ejercidas por el presidente de la República. En consecuencia, las Comisiones de Regulación continuarán expidiendo los actos administrativos de carácter particular que ejercen a la fecha de la expedición del presente decreto”, dice el texto.

En otro de los artículos queda especificado que el presidente podrá solicitar ayuda técnica mientras hace parte de las comisiones.

“Para los efectos de lo señalado en el artículo anterior, el presidente podrá solicitar el apoyo técnico de las Comisiones de Regulación y demás entidades de cada sector”, agregan.

También quedan estipuladas las disposiciones regulatorias que tendrán en cuenta los siguientes lineamientos generales:

“Sujeción a los principios, fines y valores constitucionales y legales. Garantía de la divulgación y la participación ciudadana en las actuaciones en esta materia.

Pertinencia, oportunidad y calidad que garanticen los principios de eficiencia, suficiencia, integralidad y solidaridad tarifaria. Criterios del régimen tarifario de eficiencia económica, neutralidad, solidaridad, redistribución, suficiencia financiera, simplicidad y transparencia”.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

W Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Señales

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad