Judicial

JEP rechaza anular trámite de revisión a condena de David Rabelo Crespo

La magistrada Ana Caterina Heyck señaló que a pesar del reclamo de la familia del exsecretario de obras de Barrancabermeja, David Núñez Cala, se les ha brindado garantías para que puedan solicitar las pruebas que requieran.

Cortesía: JEP

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La Sección de Revisión de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó una solicitud de nulidad interpuesta por la familia del exsecretario de obras de Barrancabermeja David Núñez Cala, contra lo actuado hasta el momento luego de que el tribunal transicional aceptara revisar la condena contra David Rabelo Crespo por el asesinato de Núñez Cala.

La petición había sido instaurada por la familia de Núñez quienes indicaron que no habían tenido garantías para presentar pruebas dentro del proceso, debido al mal asesoramiento de su exabogada, que de hecho renunció cuando ya el trámite estaba andando “porque no podrían reclamar indemnización” en la JEP.

Así las cosas, habían pedido que se arrancara el proceso de cero y se les diera la oportunidad de presentar sus solicitudes para que fueran tenidas en cuenta, posición que fue rechazada por el despacho dejando en firme lo actuado hasta el momento.

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Para la magistrada Ana Caterina Heyck, se le ha brindado todas las garantías a los familiares de la víctima para que puedan participar y así, ejercer su derecho de contradicción junto con su nueva abogada participando en las audiencias, y de hecho la única prueba que habían pedido era el testimonio del exparamilitar Mario Jaimes Mejía “El panadero” que fue decretada y practicada aunque de forma insatisfactoria porque el excombatiente no quiso hablar del caso.

Además, la juez transicional argumentó que a la fecha no han pedido más pruebas: “con posterioridad a la renuncia de su apoderada inicial, las víctimas tampoco han solicitado por algún medio la práctica de alguna prueba en concreto, de manera que no se vislumbra una afectación concreta a su derecho a solicitar pruebas” señaló la magistrada.

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