En firme libertad a 5 personas involucradas en atentado a la Escuela General Santander

La decisión la tomó el alto tribunal luego estudiar una tutela que buscaba recapturar a los involucrados, se trata de Miguel Antonio Castillo Rodríguez, Angie Lorena Solano Cortés, Andrés Felipe Oviedo Espinel, Carlos Arturo Marín Ríos y Jessica Catherine Barrientos Castilla, supuestos miembros del Ejército de Liberación Nacional (ELN)

Escuela de Cadetes de Policía General Francisco de Paula Santander.

Escuela de Cadetes de Policía General Francisco de Paula Santander. (Cortesía/Archivo )

Bogotá

Los implicados están siendo procesados por los atentados realizados el 2 de julio de 2015 en una sede del Fondo de Pensiones Porvenir y el 17 de enero de 2019 en la Escuela de Cadetes General Santander. Sin embargo, la Corte Costitucional estudió la tutela y concluyó que era improcedente, además dejó en firme la decisión de un juez, que el pasado 20 de febrero les otorgaba la libertad por vencimiento de términos. Atentado dejó 22 cadetes fallecidos y 80 civiles heridos.

Es de recordar que el 2 de julio de 2020 se realizó una audiencia de legalización de captura, formulación de imputación e imposición de medida de aseguramiento en el centro de detención carcelaria, salvo para Carlos Arturo Marín Ríos, a quien le otorgaron detención domiciliaria.

Tabién Puede leer:

El escrito de acusación fue radicado el 26 de febrero de 2021, y la correspondiente audiencia de formulación se llevó a cabo el 19 de marzo de 2021 ante el Juzgado Sexto Penal del Circuito Especializado de Bogotá, siendo acusados por los delitos de homicidio en persona protegida en concurso con actos de terrorismo, financiación de grupos de delincuencia organizada y rebelión.

Actualmente, el proceso se encuentra en fase de audiencia preparatoria, la cual fue instalada el 25 de mayo de 2021 y aplazada en varias ocasiones. Para el 30 de diciembre del 2022, la defensa solicitó la libertad por vencimiento de términos.

Dicha audiencia se realizó este día y el 5 de enero de 2023 ante el Juzgado Veintitrés Penal Municipal con Funciones en Control de Garantías de Bogotá, que negó la solicitud.

Al respecto, indicó que entre la fecha en la que se radicó el escrito de acusación (26 de febrero de 2021) y en la que se solicitó la libertad (30 de diciembre de 2022) habían transcurrido 672 días. Sin embargo, debían descontarse los eventos de fuerza mayor o caso fortuito, o los atribuibles a la defensa, que en el caso sumaban 235 días, para un total de 437 días.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

W Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Señales

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad