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Defensa de Piedad Córdoba pide revocar del cargo a la magistrada Cristina Lombana

La solicitud será estudiada esta semana por la sala plena de la Corte Suprema de Justicia y alega la presunta pérdida de capacidad laboral de la magistrada.

Defensa de Piedad Córdoba pide revocar del cargo a la magistrada Cristina Lombana

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Piedad Córdoba. Foto: (Colprensa-Mariano Vimos)

La W conoció en primicia que esta semana llegará a la sala plena del alto tribunal otra solicitud de revocatoria en contra de la magistrada de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, Cristina Lombana, a quien le devolvieron los procesos del exembajador Armando Benedetti, y este jueves 27 de julio los magistrados estudiarán su nombramiento como togada y deberá emitirse la sentencia que se pronuncia al respecto.

¿De qué se trata esta revocatoria?

En el despacho de la magistrada Cristina Lombana también se adelanta un proceso por ‘Farcpolítica’ en contra de la senadora Piedad Córdoba, resulta que ahora la abogada de Piedad, Ximena Castilla pidió revocar del cargo a Lombana alegando que perdió el 100% de su capacidad laboral, debido a que Lombana enfrenta un cáncer de seno.

Resulta que la valoración médica se hizo en 2019, cuando la magistrada se retiró como militar y le detectaron este cáncer ya en grado 4, sin embargo, esto no le quitaría su capacidad para desempeñarse en otro oficio, teniendo en cuenta que para ser militar hay ciertas condiciones y el dictamen habla específicamente de ese oficio.

Entonces en la defensa de Piedad Cordoba se encuentra esta solicitud de revocatoria del cargo de la magistrada, que alega que por la pérdida de capacidad laboral como militar, presuntamente no estaría ´capacitada´ para llevar el proceso de la senadora por ‘Farcpolítica’.

Cabe recordar que la Corte en 2020 archivó una revocatoria en contra de la magistrada Lombana por considerarla improcedente, en la que se alegaba que aún era militar cuando se posesionó como Magistrada.

Y hay que tener en cuenta que los magistrados son posesionados a través de un acto electoral y no de un nombramiento y las revocatorias son solo para nombramientos.

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