Judicial

MinDeporte tendrá que cumplir función de vigilancia de la Federación Colombiana de Fútbol

Por orden de la Corte Constitucional, el Ministerio del Deporte tendrá que cumplir la función de inspección, vigilancia y control sobre los organismos deportivos de la Federación Colombiana de Fútbol.

La nueva sede administrativa de la Federación Colombiana de Fútbol. Foto: Colprensa.

La nueva sede administrativa de la Federación Colombiana de Fútbol. Foto: Colprensa.(FCF)

La decisión la tomó el alto tribunal luego de estudiar una tutela en contra de una decisión de la Sección Quinta del Consejo de Estado que negó la acción de cumplimiento.

Esta acción pedía que se le ordenará al ministerio la acción de inspección vigilancia y control sobre los organismos deportivos particularmente, la obligación de aprobar sus estatutos no sociales.

Tras esta decisión de la Corte Constitucional, la sección quinta del Consejo de Estado tiene que volver a emitir la sentencia respectiva frente a la demanda de cumplimiento.

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El caso

La Asociación Colombiana de Futbolistas Profesionales (ACOLFUTPRO) presentó acción de tutela contra la sentencia del 18 de agosto de 2022 proferida por la Sección Quinta del Consejo de Estado en el trámite de la acción de cumplimiento, promovida por la misma asociación en contra del Ministerio del Deporte.

La demandante le atribuyó a dicha providencia haber incurrido:

“i) en defecto sustantivo, por establecer que la aprobación de estatutos no sociales y reglamentos (numeral 3 del artículo 37 del Decreto Ley 1228 de 1995) no es exigible al Ministerio del Deporte dado que la norma no contiene un término para su ejercicio o acatamiento; y que, como consecuencia, tampoco es posible advertir el incumplimiento de las funciones de inspección, vigilancia y control de la entidad”.

La decisión

La Sala Plena de la Corte Constitucional resolvió revocar las decisiones de tutela y, en su lugar, amparar el derecho fundamental de la accionante al debido proceso. En consecuencia, dejó sin efectos la sentencia del 18 de agosto de 2022 de la Sección Quinta del Consejo de Estado y ordenó que se emitiera una providencia de reemplazo teniendo en cuenta las consideraciones de la parte motiva del fallo.

Adicionalmente, llamó la atención al Ministerio del Deporte para que, de manera coordinada con el Ministerio de Hacienda y el Gobierno Nacional, adelante las gestiones dirigidas a obtener los recursos tecnológicos, económicos, administrativos y técnicos, así como a expedir la reglamentación necesaria, para cumplir cabalmente con su función de inspección, control y vigilancia en los términos de la providencia.

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