Judicial

Juez legalizó captura de José Manuel Gnecco por el delito de soborno

Según expresó el juez, el procedimiento de captura de José Manuel Gnecco Valencia fue legal y se le garantizaron los derechos.

Legalización de captura de José Manuel Gnecco.

Legalización de captura de José Manuel Gnecco.

El juez primero penal municipal con función de control de garantías de San Andrés, legalizó la captura de José Manuel Gnecco Valencia, procesado por el homicidio de su esposa, María Mercedes Gnecco.

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Aunque la detención de Gnecco se relaciona con el delito de soborno y no directamente con el crimen de su esposa, ocurrido el 5 de octubre de 20021, sí tiene que ver con un testigo al que al parecer se le habrían ofrecido cinco millones de pesos para declarar a favor del procesado.

El juez de Control de Garantías indicó que el procedimiento de captura que adelantó la Fiscalía General de la Nación fue legal y acorde con los parámetros que exige la ley. También destacó que se garantizaron los derechos fundamentales.

De esta manera, acogió la solicitud que hizo la fiscal delegada, la representante del Ministerio Público y las víctimas a través de los abogados Iván Jiménez y Sebastián Rondón (familia de María Mercedes Gnecco).

Con esa decisión, se desestimó los planteamientos que hizo el abogado Marlon Díaz, defensor de Gnecco, quien había expresado que la detención fue ilegal y que nunca se materializó la libertad que un juez de Control de Garantías le había otorgado por vencimiento de términos.

También dijo que la juez de Providencia que expidió la orden de captura contra Gnecco fue legal porque es competente para ese procedimiento.

El juez aseguró que los jueces de Providencia y de San Andrés integran una sola unidad judicial y que, por ello, cualquier juez de control de garantías es competente para librar una orden de captura.

Apelación

El abogado Marlon Díaz sustentó el recurso de apelación luego que el juez de Control de Garantías, hubiese legalizado la detención de Gnecco.

Según argumentó, la juez de Providencia que expidió la orden de captura no era competente y la Fiscalía no podía escoger a su libre albedrío el juez que debía expedir la captura por el delito de soborno.

Dijo que dicho trámite debía adelantarse ante un juez de garantías de San Andrés (lugar en el que ocurrió el supuesto hecho delictivo – soborno), quien debía ser el que emitiera la orden y no como ocurrió, en un día hábil, el pasado 11 de marzo.

También dijo que la Fiscalía guardó la orden de captura hasta que se le concedió la libertad por vencimiento de términos de José Manuel Gnecco.

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