Actualidad

Consejo de Estado anuló elección de Altus Baquero como magistrado del CNE

Según la demanda contra la elección, Baquero no cumplía con la experiencia profesional exigida.

Consejo de Estado. Foto: Colprensa.

Consejo de Estado. Foto: Colprensa.(Colprensa)

La Sección Quinta del Consejo de Estado anuló la elección de Altus Baquero como magistrado del Consejo Nacional Electoral.

Según fuentes de W Radio, la votación fue dividida.

Le puede interesar

Este 6 de junio el alto tribunal estudió una demanda en contra de la elección del magistrado, que alegaba que no cumplía con la experiencia profesional de 15 años que exige el artículo 232, numeral 4, de la Constitución Política.

Al revisar la norma, la sección tuvo que estudiar desde qué momento comienza a contar la experiencia y determinó que lo más ajustado al ordenamiento jurídico es que se debe contabilizar desde la obtención del título de abogado, hasta la fecha de postulación como aspirante al cargo de magistrado.

Las fechas

Se concluyó que al obtener el título de abogado el 23 de agosto de 2007, y ser postulado el 17 de agosto de 2022, Altus Baquero tan solo tendría un total de catorce años, once meses y veinticuatro días de experiencia profesional.

Este, de hecho, fue el primer argumento que tuvo en cuenta el Consejo de Estado cuando suspendió, provisionalmente, al magistrado mientras estudiaba la demanda de fondo y enfatizó en que fue “una razón suficiente para suspender el acto de elección demandado”.

Sobre la medida de suspensión provisional en la Corte Constitucional

Altus Baquero interpuso una acción de tutela en contra de la decisión del Consejo de Estado que suspendió, provisionalmente como medida cautelar, su elección como magistrado del CNE, bajo el argumento de que se le estaba vulnerando el derecho al trabajo.

Posteriormente la Corte Constitucional ordenó reintegrarlo al cargo porque consideró que, en el caso, era necesaria la protección urgente de sus derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a cargos públicos.

Sobre la competencia:

Luego de la decisión de la Corte Constitucional, la sala plena del Consejo de Estado discutió si el expediente de Baquero lo estudiaría la sección quinta o la sala plena, sin embargo, en este proceso, los magistrados sostuvieron que la competencia sería de los cinco magistrados que conforman la sección quinta, la cual maneja los procesos de nulidad electoral.

El siguiente artículo se está cargando

W Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Señales

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad