¿Puede el Gobierno crear nuevos impuestos con la conmoción interior? Esto dice la ley
El Gobierno deberá justificar expresamente las razones de la declaratoria. Y las determinaciones contenidas por el decreto estarán sometidas al control de la Corte Constitucional de manera automática.

Dinero colombiano imagen de referencia. Foto: Getty Images. / Andrzej Rostek
El presidente Gustavo Petro aún no ha emitido el decreto que declararía el estado de emergencia económica ni la conmoción interior por la crisis humanitaria en el Catatumbo; no obstante, desde ya, la oposición ha advertido que, por esa vía, el Gobierno buscaría crear nuevos impuestos y tener facultades ilimitadas.
Sin embargo, la declaratoria es producto de la emergencia por los enfrentamientos entre el ELN y las disidencias de las FARC, por lo que habrá que esperar a la emisión del decreto para revisar su alcance. Este debe llevar la firma de todos los ministros, según la carta constitucional, y debe justificar expresamente las razones de la declaratoria.
Ahora, sobre la posibilidad de crear nuevos impuestos, el artículo 215 de la Constitución sí permite al presidente emitir decretos con fuerza de ley, y “podrán, en forma transitoria, establecer nuevos tributos o modificar los existentes. En estos últimos casos, las medidas dejarán de regir al término de la siguiente vigencia fiscal, salvo que el Congreso, durante el año siguiente, les otorgue carácter permanente”, dice.
Además, la Ley 137 de 1994, que regula tanto la emergencia económica, como la conmoción interior, dice que la medida sí permite “percibir contribuciones o impuestos que no figuran en el presupuesto de rentas”
Esa es la advertencia de la oposición: el representante Hernán Cadavid, del Centro Democrático, aseguró que el gobierno Petro buscaría, “por esa vía, lograr lo que no pudo en el Congreso de la República, modificando o creando nuevos impuestos, con la justificación de lo que sucede en Catatumbo”.
No obstante, el representante Heráclito Landinez, del Pacto Histórico, aseguró que esta es exclusivamente “una decisión extraordinaria para circunstancias extraordinarias, para proteger a la población civil, para asegurar el territorio y para atender a la población desplazada que está en Cúcuta, Ocaña y otros que están llegando a Venezuela”.
Y es que todas las determinaciones contenidas por el decreto estarán sometidas al control de la Corte Constitucional de manera automática, y también por revisión del Congreso.
Por eso, legisladores del Pacto Histórico aseguraron a W Radio que el gobierno será responsable en su emisión, ya que una reforma estructural al estatuto tributario no pasaría la revisión de la Corte.
De hecho, la Corte ya tumbó una vez el de emergencia económica del presidente Gustavo Petro en La Guajira porque no cumplía con los requisitos que justifican la medida. Según el fallo, el Gobierno no demostró por qué las capacidades normales del Estado no eran suficientes para enfrentar la crisis humanitaria en esa región, como la falta de agua potable y la desnutrición.
¿Qué es el estado de conmoción interior?
El estado de conmoción interior es una medida excepcional que el presidente puede declarar cuando existe una grave perturbación del orden público, que no pueda resolverse con las herramientas legales ordinarias.
Su duración inicial es de 90 días, prorrogables por dos períodos iguales, y requiere el concepto favorable del Senado para su segunda prórroga. Durante este estado, el gobierno puede tomar medidas extraordinarias, como suspender leyes incompatibles con la situación, pero bajo estricta supervisión del Congreso y la Corte Constitucional.