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¿Cómo puede tramitar el NIT?

Si usted ha decidido crear una empresa deberá tramitar esta identificación como lo exige la ley.

¿Cómo puede tramitar el NIT?. Foto: Getty Images

El Número de Identificación Tributaria (NIT), es una identificación que se da a la persona que tramite por primera vez el Registro Único Tributario (RUT), este se establece una sola vez y no es transferible.

Esta numeración sirve para identificar a los contribuyentes en los diferentes asuntos tributarios, aduaneros y cambiarios a los que se encuentren vinculados por la DIAN. Además, este puede ser utilizado para que los contribuyentes conozcan el día en el cual deben presentar sus obligaciones, según las fechas establecidas en el calendario tributario.

La Cámara de Comercio de Bogotá establece los siguientes requisitos para tramitar su NIT:

Para personas naturales:

  • Presentar el formulario impreso del RUT, diligenciado a través del portal de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) que contenga la anotación “Para trámite en Cámara”.
  • Presentar el documento original y una fotocopia del documento de identidad del solicitante.
  • Si el trámite se realiza a través de un apoderado, la persona debe presentar la fotocopia del documento de identidad del poderante y adjuntar el poder original o copia, junto con la certificación de validez del mismo expedida por el notario, cuando el poder general tenga una vigencia mayor de seis meses.

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Para personas jurídicas:

  • Presentar el formulario impreso del RUT, diligenciado a través del portal de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) que contenga la anotación “Para trámite en Cámara”.
  • Presentar el documento original y una fotocopia del documento de identidad del representante legal.
  • Si el trámite se realiza a través de un apoderado, la persona debe presentar la fotocopia del documento de identidad del poderante y adjuntar el poder original o copia, junto con la certificación de validez del mismo expedida por el notario, cuando el poder general tenga una vigencia mayor de seis meses.

Debe tener en cuenta que para solicitar su número NIT debe haber tramitado con anterioridad el RUT.

Por lo general, para las personas naturales este número se compone de la cédula de ciudadanía más un dígito de verificación, mientras que para las personas jurídicas este será asignado por la DIAN y la cámara de comercio correspondiente.

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