Superfinanciera ordena intervención de compañía de seguros Cóndor S.A.
La medida busca establecer si es posible poner a la compañía en mejores condiciones para desarrollar adecuadamente su objeto social.
La Superintendencia Financiera de Colombia, mediante Resolución 1482 del 5 de agosto de 2013, ordenó la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios de Cóndor S.A. Compañía de Seguros Generales.
La entidad, acudiendo a las facultades que le otorga el artículo 115 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el artículo 21 de la Ley 510 de 1999, intervino a la aseguradora para, dentro de un término no mayor a dos meses prorrogables por otros dos meses y previo concepto de Fogafin, establecer, si es posible ponerla en condiciones de desarrollar adecuadamente su objeto social, o si se pueden realizar otras operaciones que permitan lograr mejores condiciones para que los asegurados puedan obtener el pago total o parcial de sus acreencias, o si debe ser objeto de liquidación.
La decisión de la SFC se motiva en que la compañía presenta defectos en su capital mínimo, patrimonio adecuado y en el fondo de garantía.
Esta última causal, según el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, obliga a la toma de posesión.
Fogafin designará a partir de la fecha a un agente especial, quien actuará como representante legal de la entidad.
La compañía de seguros se encontraba en vigilancia especial por parte de esta Superintendencia desde el 30 de abril de 2012.
Autor: Freddy Gómez.
La entidad, acudiendo a las facultades que le otorga el artículo 115 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el artículo 21 de la Ley 510 de 1999, intervino a la aseguradora para, dentro de un término no mayor a dos meses prorrogables por otros dos meses y previo concepto de Fogafin, establecer, si es posible ponerla en condiciones de desarrollar adecuadamente su objeto social, o si se pueden realizar otras operaciones que permitan lograr mejores condiciones para que los asegurados puedan obtener el pago total o parcial de sus acreencias, o si debe ser objeto de liquidación.
La decisión de la SFC se motiva en que la compañía presenta defectos en su capital mínimo, patrimonio adecuado y en el fondo de garantía.
Esta última causal, según el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, obliga a la toma de posesión.
Fogafin designará a partir de la fecha a un agente especial, quien actuará como representante legal de la entidad.
La compañía de seguros se encontraba en vigilancia especial por parte de esta Superintendencia desde el 30 de abril de 2012.
Autor: Freddy Gómez.



