Judicial

Condenan a exalcalde de Valle de San Juan (Tolima) por peculado

El exmandatario se apropió de $993.300 por gastos de suministro de gasolina para trasladarse a Bogotá, sin que existiera el acto administrativo.

Bernardo Peláez Suárez, exalcalde del Valle de San Juan, en ese departamento, fue condenado a la pena de 16 meses de prisión por el delito peculado por apropiación. Foto: Colprensa

Bernardo Peláez Suárez, exalcalde del Valle de San Juan, en ese departamento, fue condenado a la pena de 16 meses de prisión por el delito peculado por apropiación. Foto: Colprensa(Thot)

Mediante preacuerdo celebrado con la Fiscalía General de la Nación, aprobado por el Juzgado 2° Penal del circuito de Ibagué (Tolima), Bernardo Peláez Suárez, exalcalde del Valle de San Juan, en ese departamento, fue condenado a la pena de 16 meses de prisión por el delito peculado por apropiación por hechos ocurridos durante su mandato entre el año 2012 y 2015.

Peláez Suarez fue hallado culpable de firmar una resolución del 9 de febrero del año 2012, en la que ordenó reconocer y pagar la suma de $993.300 por gastos de suministro de gasolina para poderse trasladar a Bogotá. Sin embargo, esta situación se produjo sin que existiera el acto administrativo que autorizara la comisión del funcionario a dicha ciudad.

El exmandatario debió reintegrar el valor apropiado, pero al no hacerlo en su momento, se enfrentó a esta investigación judicial que permitió su condena.

En virtud del preacuerdo, la Fiscalía degradó la responsabilidad del procesado de autor a cómplice, porque además de aceptar su responsabilidad reintegró parte del dinero. No obstante, el juez indicó en su sentencia que deberá reponer una suma accesoria de $245.000.

Por otra parte, si bien fue de carácter carcelario, el juzgador le concedió la sustitución de prisión a domiciliaria en Ibagué, la capital tolimense, debido a una cardiopatía demostrada aunada a su edad que supera los 70 años.

De igual manera se le otorgó un permiso de trabajo, por lo que cada sábado podrá trasladarse hasta su finca y permanecer allí de 8 de la mañana a 5 de la tarde, pernoctando en Ibagué, previa suscripción a un acta de compromiso.

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