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Corte Suprema debe hacer cumplir celeridad en procesos de extinción de dominio

La Corte Constitucional dejó en manos de la Corte Suprema de Justicia hacer cumplir la sentencia de unificación SU-394 de 2016 que exhorta a la Fiscalía

El pronunciamiento fue hecho en el Auto 083 de 2020. Foto: Colprensa

El pronunciamiento fue hecho en el Auto 083 de 2020. Foto: Colprensa(Thot)

El pronunciamiento fue hecho en el Auto 083 de 2020. Foto: Colprensa

La Corte Constitucional dejó en manos de la Corte Suprema de Justicia hacer cumplir la sentencia de unificación SU-394 de 2016 que exhorta a la Fiscalía, a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado y al Consejo Superior de la Judicatura elaborar un plan de acción que permita evacuar en el menor tiempo posible los procesos de extinción de dominio.

El pronunciamiento fue hecho en el Auto 083 de 2020, a través del cual da traslado a la corte suprema de las peticiones de un particular que fue beneficiado con ese fallo de tutela que no se ha cumplido y que refleja la situación de al menos 38 personas naturales y 11 jurídicas, perjudicadas por la excesiva mora judicial de la Fiscalía desde 2012.

En el fallo de tutela proferido desde 2016, la Corte Constitucional sostuvo que en el caso concreto se desconoció la regla de plazo razonable, por lo que se ordena a la Fiscalía que cumpla los términos de ley de manera rigurosa y tome una decisión de fondo, esto es lo que debe verificar la sala penal de la corte suprema de justicia, para evitar el desbordamiento en los términos.

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