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¿Cómo debe votar si está en el exterior?

Los colombianos deben acudir al consulado o a la embajada en donde tienen inscrita su cédula de ciudadanía.

Imagen de referencia de votación / Sadeugra

Imagen de referencia de votación

Los ciudadanos colombianos, mayores de 18 años, que estén registrados en el censo electoral y que tengan inscrita la cédula en su país de residencia podrán votar en el exterior.

Y aunque ya se cerraron las inscripciones de cédula para sufragar en las elecciones al Congreso y en las consultas presidenciales, habrá plazo hasta el 29 de marzo para el caso de las elecciones presidenciales.

Las primeras elecciones se extenderán hasta el 13 de marzo de 8:00 de la mañana a 4:00 de la tarde.

Para votar, los colombianos deben acudir al consulado o a la embajada en donde tienen inscrita su cédula de ciudadanía.

Mientras tanto, se podrá votar en las elecciones presidenciales entre el 23 y el 29 de mayo.

Esto es lo que se debe saber sobre la jornada:

 

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