Judicial

Corte Constitucional tumbó la modificación a la Ley de Garantías

Con una votación de 8-1, la Sala Plena de la Corte Constitucional declaró inexequible el artículo 124 de la Ley 2159 de 2021, con efectos retroactivos.

Corte Constitucional tumbó la modificación a la Ley de Garantías

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Corte Constitucional tumbó la modificación a la Ley de Garantías. Foto: Colprensa.

Con ponencia de la magistrada Diana Fajardo Rivera, la Sala Plena le dio efectos retroactivos a su decisión a partir de la expedición de la ley por lo que, al no existir el fundamento legal, los convenios interadministrativos que se suscribieron mientras esta reforma estuvo vigente, deben ser liquidados.

  • ARTÍCULO 124. Con el propósito de promover la reactivación económica y la generación de empleo en las regiones, a partir de la publicación de la presente ley y durante la vigencia fiscal 2022, la Nación podrá celebrar convenios interadministrativos con las entidades territoriales para ejecutar programas y proyectos correspondientes al Presupuesto General de la Nación. La presente disposición modifica únicamente en la parte pertinente el inciso primero del parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005.
  • Parágrafo. Todos los convenios que se suscriban bajo el amparo de la presente disposición serán objeto de control especial por parte de la Contraloría General de la República. El contralor general de la República determinará en el marco de sus competencias constitucionales y legales, la forma en que se ejercerá dicho control especial.

La W conoció que la ponencia en poder de los magistrados de la Corte Constitucional que se discutirá el próximo miércoles propone tumbar la modificación a la Ley de Garantías. De acuerdo con el documento, la magistrada Diana Fajardo se debe declarar inconstitucional

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La Corte discutió con urgencia dicho proyecto después que la magistrada Diana Fajardo presentara una ponencia en la que pedía que se suspendieran los efectos de dicha ley hasta que sea revisada por la Corte como si se tratara de una Ley Estatutaria.

Para la magistrada, con dicha “jugadita”, el Congreso le habría hecho un gol al país aprobando vía Ley Ordinaria un asunto de Ley Estatutaria que requiere del control previo de la Corte.

La ponencia fue derrotada con una votación de 5-4. A la magistrada la respaldaron los magistrados, Alejandro Linares, Alberto Rojas y José Fernando Reyes, quienes en su salvamento de voto expresaron su inconformidad por dicho precedente jurídico que estaría abriendo la puerta para que el Congreso, con leyes ordinarias, le hagan el “quite” al control previo de la Corte Constitucional.

A favor de mantener la norma vigente estuvieron las magistradas, Gloria Ortiz, Paola Meneses, Cristina Pardo y los magistrados Antonio José Lizarazo y Jorge Enrique Ibáñez.

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