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Niegan tutela a EPM en caso contra INTEGRAL S.A.

EPM buscaba declarar nulo el Auto expedido por el Tribunal Arbitral.

Hidroituango. Foto: ANLA

Hidroituango. Foto: ANLA

Mediante Auto 16 del 21 de abril de 2022, el Tribunal Arbitral convocado por INTEGRAL S.A. declaró su competencia para conocer la controversia entre la consultora y EPM.

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El debate surgió después de que EPM argumentará un incumplimiento a las obligaciones del contrato celebrado entre las partes, por lo cual hizo efectivas sanciones pecuniarias contra INTEGRAL.

A partir de lo anterior, INTEGRAL S.A. convocó dicho tribunal para dirimir la controversia. Sin embargo, en la acción de tutela, EPM argumentó que este no tendría competencia para conocer el caso, ya que, en el contrato celebrado entre las partes, no hay un pacto arbitral.

Sin embargo, la Sección Quinta del Consejo de Estado negó la tutela argumentando que esta tiene un carácter subsidiario. Es decir, sólo procede cuando no existan otros mecanismos para la evitar la vulneración de derechos. En este caso, la alta corte argumenta que procede el recurso extraordinario de anulación de laudo arbitral.

Violeta Londoño Mejía

Violeta Londoño Mejía

Abogada con opción en periodismo de la Universidad de Los Andes. Durante dos años trabajó en el sector...

 

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