Corte tumbó multa contra abogados que presentan mal las demandas
La Corte Constitucional tumbó la multa impuesta a los abogados que presentaban las demandas ante el tribunal o la Corte sin algunos requisitos.

Corte Constitucional. Foto: Colprensa(Colprensa)
Buena noticia para los abogados porque por orden de la Corte Constitucional no tendrán que pagar multas si les faltó algún requisito en la demanda que presentan ante el Tribunal o la Corte.
Esta decisión se tomó luego de estudiar una demanda en contra del artículo 34 Ley 712 de 2001 que dice que la corte o el tribunal que reciba la demanda examinará si reúne los requisitos exigidos, pero en caso de ser rechazada por falta de estos requisitos, el apoderado será multado de 5 a 10 salarios mínimos mensuales.
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La Sala Plena consideró que esta sanción desconoce el derecho de acceso a la justicia, al debido proceso y el derecho de defensa, pues desestimula la interposición de un recurso para controvertir decisiones judiciales relativas a los derechos de los trabajadores, por lo que decidió declararla inconstitucional.
El Ministerio Público también había enviado su concepto por esta demanda y había determinado que esta multa no tenía en cuenta si el apoderado actuaba o no con mala fe.




