Judicial

JEP y Procuraduría firman acuerdo de cooperación sobre comparecientes

El tribunal definió otorgar la posibilidad de que el ministerio público pueda realizar conceptos priorizados sobre sanciones a imponer a los no máximos responsables y otras medidas.

Presidente Eduardo Cifuentes y la procuradora Margarita Cabello. Foto: Colprensa

La W conoció el acuerdo de cooperación que firmarán en las próximas horas la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y la Procuraduría, con miras a otorgar una participación más protagónica al ministerio público en la ruta de imposición o no de sanciones a los comparecientes que sean declarados como no máximos responsables, pero que al igual se debe definir su situación.

En el documento en poder de W Radio, se ordenó que apenas esté listo el listado de no máximos responsables, este sea enviado a la Procuraduría, para que pueda entregar conceptos previos sobre el cumplimiento de las condiciones por parte del compareciente y abarcar en sus conceptos a grupos de comparecientes a partir de los patrones de criminalidad examinados.

Para la elaboración de estos conceptos, también se otorgó la facultad al ministerio público de evaluar si los comparecientes han aportado o no verdad plena, teniendo en cuenta la información existente en las distintas salas.

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Además, la jurisdicción otorgó pleno y pronto acceso a la Procuraduría para que tenga acceso a consultar plenamente y sin obstáculos la información concerniente a los planes y proyectos reparadores activos así como las obras y trabajos restaurativos, para la construcción del concepto, incluso recomendando previamente qué medidas de reparación y no repetición “serían viables y pertinentes”.

La Presidencia de la Jurisdicción Especial para la Paz creará los canales de articulación necesarios con todos los despachos judiciales pertinentes (...) con el fin de facilitar a la Procuraduría General de la Nación obtener la información necesaria para el ejercicio de sus funciones” indica el acuerdo.

Adicionalmente, se reafirmó la importancia de que el Ministerio Público pueda solicitar incidentes de incumplimiento en el caso de que los comparecientes se vean al parecer inmiscuidos en faltas a sus obligaciones con la jurisdicción.