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Las nuevas condiciones para la circulación de vehículos de tracción animales

El Gobierno señaló en un borrador de resolución que por ejemplo las carrozas que desplazan caballos tendrán que tener autorización de la entidad territorial y no podrán ir más de 4 pasajeros.

Cochero local conduciendo un carruaje tirado por caballos en las calles el 14 de agosto de 2016 en Cartagena, Colombia. Foto de EyesWideOpen/Getty Images.

Cochero local conduciendo un carruaje tirado por caballos en las calles el 14 de agosto de 2016 en Cartagena, Colombia. Foto de EyesWideOpen/Getty Images. / EyesWideOpen

Este año empezarán a regir nuevas condiciones para la circulación de vehículos de tracción animal, como las carrozas que desplazan los caballos, destinados a las actividades turísticas.

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Entre esas está que ahora tendrán que tener una autorización de la entidad territorial, según se lee en el proyecto de resolución del Ministerio de Comercio.

Otro requisito es que no podrán exceder los cuatro pasajeros incluyendo al conductor y no podrán utilizar elementos que generen peso adicional al vehículo.

Los animales deben encontrarse en edad de productividad y no estar enfermos. Y en el caso de las hembras que están preñadas o en lactancia no podrán trabajar.

Entre tanto, a los usuarios de los vehículos tendrán que darles información como:

  • Duración de la actividad (minutos/horas).
  • Objetivos de la actividad.
  • Costo de la actividad.
  • Nombre del conductor del vehículo.
  • Condiciones especiales del vehículo, si las hubiese.
  • Rutas donde se realizará la actividad.
  • Puntos de salida y llegada.
  • Información sobre el bienestar de los animales durante el desarrollo de la actividad como puntos de monte y desmonte (cuando se requiera).
  • Puntos de descanso, hidratación y alimentación para los animales.
  • Horas permitidas máximas de trabajo del animal.
  • Número máximo y mínimo de participantes o su equivalente en Kilogramos que pueden subirse al vehículo de tracción animal durante el recorrido.
  • Limitaciones y restricciones para el desarrollo de la actividad (condición física y salud, entre otros).
  • El comportamiento que debe guardar el usuario durante el desarrollo de las actividades.
  • Que los menores de edad, se encuentren acompañados de un adulto responsable.

La información del animal (sexo, tamaño, peso), fotografías, fechas de vacunación, desparasitación y otros procedimientos de atención médica, y/o cualquier otra información que la entidad territorial de operación del servicio determine que es necesaria para asegurar el cuidado adecuado del animal.

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