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Conductas en protesta social no pueden ser catalogadas como terrorismo: MinJusticia

El Ministerio de Justicia propone que no se configure el delito de terrorismo para quienes protestan en las manifestaciones sociales.

Conductas en protesta social no pueden ser catalogadas como terrorismo: MinJusticia

La propuesta del ministro Nestor Osuna agrega en el código penal que: “En ningún caso se entenderá que las conductas que se desarrollan en el marco de la protesta social, el ejercicio de la libertad de reunión, asociación o manifestación, pueden dar lugar a la configuración del delito de terrorismo”.

Consultando a varios penalistas, dicen que con ese artículo, el gobierno lo que quiere es darle un salvavidas a los presos por actos vandálicos con las protestas, “porque cuando sea ley, aplicaría para las personas inclusive condenadas, o que estén en procesos penales en curso, es decir un beneficio muy grande”, dijo Sergio Clavijo, abogado penalista.

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Además, sería permitir que en el desarrollo de una protesta social se pueda cometer el delito de terrorismo y quedar impune.

El penalista, José Moreno Caballero citó el caso de Epa Colombia que la acusaron de terrorismo, por dañar en las protestas las puertas de transmilenio, dice que “ese parágrafo excluye o impide que ese tipo de conductas dentro de una protesta u otras puedan ser imputadas como el delito de terrorismo”.

Por su parte, otras fuentes precisan que, pareciera que es un favor que quiere tener el Gobierno con las personas que ayudaron en el tema de protestas y las acusaron de terrorismo, por dañar las puertas de transmilenio y que, cualquier acto vandálico, robar y quemar buses, entre otras conductas, no podrán ser consideradas actos terroristas, sino que se tendrá que adecuar en otro delito diferente”.

Conductas en protesta social no pueden ser catalogadas como terrorismo: MinJusticia