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Colombia toma medidas frente a protocolos de la ONU con las mujeres

En medio de un evento protocolario, la Cancillería aseguró que con el retiro de las declaraciones Colombia avanza en materia de garantía, promoción y protección de los derechos de la mujer.

Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. Foto: @sismamujer

Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. Foto: @sismamujer

En las últimas horas, el Gobierno y la viceministra de Asuntos Multilaterales, Laura Gil formalizaron el retiro de Colombia de las tres declaraciones que en su momento realizó al Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de las Naciones Unidas, ratificado por nuestro país el 23 de enero de 2007.

Según la Cancillería, “las declaraciones interpretativas que había realizado el Estado colombiano estaban relacionadas con la posibilidad de que el Comité investigara violaciones graves a la Convención, emitiera medidas provisionales para evitar daños irreparables y se respetara la normativa interna frente al aborto”.

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Para el Gobierno, dichas aclaraciones no garantizan el pleno goce de las libertades de la mujer.

Por lo tanto, con el retiro de las declaraciones Colombia avanza en materia de garantía, promoción y protección de los derechos de la mujer.

¿Cuáles son las declaraciones que retira el Estado colombiano?

  1. “El Gobierno de Colombia, haciendo uso de la facultad consagrada en el artículo 10 del Protocolo y sujeto a las condiciones allí establecidas, declara que no reconoce la competencia del Comité consagrada en los artículos 8 y 9 del mencionado instrumento”.
  2. “El Gobierno de Colombia interpreta el artículo 5 del Protocolo, en el sentido que las medidas provisionales no solamente excluyen “juicio algún sobre admisibilidad o sobre el fondo de la comunicación”, tal como lo prevé el numeral 2 del mencionado artículo, sino que, aquellas medidas que impliquen la efectividad de los derechos económicos, sociales y culturales, se aplicaran de acuerdo con la naturaleza progresiva de estos derechos”.
  3. “El Gobierno de Colombia manifiesta que nada de lo previsto en el Protocolo o en las recomendaciones formuladas por el Comité, puede ser interpretado en el sentido de obligar a Colombia a la despenalización de los delitos contra la vida o integridad personal”.

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