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Judicial

Alias ‘La Gata’ ya está en libertad

El Inpec le notificó la decisión de la juez que ordenó la suspensión de la ejecución de la pena

Enilce López, alias 'la Gata'. Foto: Colprensa

Enilce López, alias 'la Gata'. Foto: Colprensa(Colprensa)

El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, confirmó que Enilce López conocida como ‘La Gata’, ya quedó en libertad.

Según se conoció la empresaria del chance fue notificada del fallo de la juez sexta de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla, que ordenó el inmediato cumplimiento del fallo.

La señora Enilce López Romero quedó en libertad el día de hoy, luego de que el Inpec fuera notificado por el Juzgado sexto de ejecución de penas y medidas de seguridad de Barranquilla, de la decisión judicial, amparada en la resolución 905 del 06 de marzo de 2023, mediante la cual la JEP informa que las medidas restrictivas de libertad no pueden hacerse efectivas, entre ellas el proceso 130013107001-2016 00251 que se mantenía vigente sobre la señora López en el juzgado primero penal del circuito de Cartagena”, aseguró el Inpec en un comunicado.

Los funcionarios del Inpec notificaron a López sobre la decisión de la juez y oficialmente quedó en libertad.

Esta fue la decisión

La jueza sexta de ejecución de penas y medidas de seguridad de Barranquilla le ordenó al Instituto Penitenciario y Carcelario (Inpec), hacer efectivo inmediatamente el fallo que ordena la suspensión de la ejecución de la pena por el delito de concierto para delinquir en favor de Enilce López Romero conocida cómo alias ‘La Gata’.

Le puede intreresar

También ordenó que sea retirado el cuerpo de custodia y vigilancia que permanece en la residencia de López Romero.

Advierte la juez que de no cumplir el fallo, se compulsarán copias para que la Fiscalía y la Procuraduría General investiguen disciplinaria y penalmente a las directivas del Inpec.

“Se ordena al Inpec (Establecimiento penitenciario y carcelario El Bosque), en caso de no haberse efectuado la suspensión de la ejecución de la pena del proceso a la señora ENILCE DEL ROSARIO LOPEZ ROMERO, con fundamento en el artículo 471 en concordancia con el articulo 362 numeral 1 de la ley 600 de 2000, artículo 3 A de la ley 65 de 1993 adicionado por el artículo 2 de la ley 1709 de 2014 y aplicación del precedente de la Corte Suprema de Justicia radicado 61904 del 28 de septiembre de 2022, se materialice de FORMA INMEDIATA, toda vez que tanto el juzgado 1° Penal del Circuito Especializado de Cartagena, como la sala de definición de situaciones jurídicas, de la JEP, aclararon la situación jurídica de la señora LOPEZ ROMERO, en consecuencia, el INPEC (Establecimiento penitenciario y carcelario El Bosque), deberá retirar el custodio que se encuentra en el lugar de domicilio de ENILCE DEL ROSARIO LOPEZ ROMERO y realizar los trámites administrativos pertinentes en la base de datos SISIPEC WEB”, apartes del auto de sustentanción 186 conocido por W Radio.

La juez sexta de ejecución de penas y medidas de seguridad advirtió que el juzgado primero penal del circuito especializado de Cartagena requirió a López Romero, por el proceso del homicidio de 2014.

Precisó que esto, no puede afectar el cumplimiento del fallo que ordenó la suspensión de la ejecución de la pena, puesto que este caso fue remitido a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) en el año 2018 y todavía no se ha emitido decisión por parte del tribunal especial de paz.

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