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Barranquilla: juez declaró víctimas a tres ciudadanos en el caso Villa Country

En primicia, La W conoció los documentos del proceso penal contra Leo Eisenband.

Imagen de referencia de juez. Foto: Getty Images / Tetra Images

Imagen de referencia de juez. Foto: Getty Images / Tetra Images

La Sala Cuarta de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla resolvió el recurso de apelación interpuesto por las víctimas del caso Villa Country contra Leo Eisenband, declarando como afectados a Campo Elias Rincon Cepeda, Carlos Adrián Chivirri García y Oswaldo Enrique Arvilla Vargas.

Se trata del proceso penal que se adelanta en contra del ciudadano Eisenband, por la presunta comisión del delito peculado por apropiación en cuantía superior a 50 S.M.L.M.V, contrato sin cumplimiento de los requisitos legales y enriquecimiento ilícito en calidad de coautor impropio.

Esto, por desalojar de manera arbitraria a los entonces arrendatarios de varios locales del centro comercial Villa Country en el norte de Barranquilla, después de “apropiarse” del complejo y llevarse la mercancía que se encontraba al interior de los almacenes.

Fueron notificados desde el 21 de septiembre de 2009 para cancelar los arriendos a Leo Eisenband Gotielb representante legal de Inversiones Eilat Ltda. quien sin dar cumplimiento a las leyes civiles y comerciales, procede a desocupar los locales comerciales violentando las cerraduras, apoderándose de la mercancía de los tres arrendatarios, trasladándola a una bodega de Auto tropical, administrada por Luis Fernando Vásquez otro de los socios de inversiones Eilat Ltda, sin que la fecha se haya realizado la devolución de los bienes de los tres comerciantes y arrendatarios del Centro Comercial”, se lee en el documento.

Cabe mencionar que, las bodegas administradas por Vásquez, socio inversor de Eilat Ltda, a las que presuntamente fue trasladada la mercancía que nunca se devolvió a los arrendatarios y víctimas, se encontraban bajo el manejo de la entonces Dirección Nacional de Estupefacientes (DNE), por lo que destacan que las conductas punibles de la acusación tienen clara relación “con la forma presuntamente irregular en que aconteció la apropiación del Centro Comercial Villa Country por parte del procesado”.

Este no sería el primer caso en el que se menciona a Vásquez. El empresario barranquillero también fue señalado en el lío judicial que involucró la construcción del Megatanque 7 de abril en la ciudad, por la presunta entrega de coimas y amenazas en una de las oficinas del concesionario de su propiedad.

Asimismo, en el año 2020, WRadio conoció que Luis Fernando Vásquez aparecía nombrado en el principio de oportunidad de uno de los testigos del proceso que se adelanta en la Fiscalía General de la Nación por el millonario desfalco a la extinta DNE.

Por su parte, la Sala también mencionó que a Eisenband se le cuestiona haber incurrido en la celebración de contratos sin cumplimiento de requisitos legales y enriquecimiento ilícito por los hechos que guardan relación “no solo con actos anteriores a la adjudicación presuntamente irregular del centro comercial en el entramado en el que también tuvieron lugar agentes del Estado en cabeza de la extinta Dirección Nacional de Estupefacientes”, sino también a las actuaciones posteriores a la misma que trascendieron a la adquisición del inmueble.

Lo anterior, por la celebración de un contrato de fiducia con Fiduciaria Colpatria para administrar el patrimonio autónomo del centro comercial cuando ya se encontraba vigente el contrato con Alianza Fiduciaria.

Por estos motivos, la Sala concluyó que los ciudadanos: Campo Elías Rincón Cepeda, Carlos Adrián Chivirri García y Oswaldo Enrique Arvilla Vargas acreditaron debidamente mediante prueba sumaria y con suficientes argumentos la calidad de víctimas en el proceso penal y, por tanto, se revocó parcialmente la decisión de primera instancia proferida el 05 de agosto de 2022 por el Juzgado Once Penal del Circuito con funciones de Conocimiento de Barranquilla, reconociendo su calidad de víctima junto a la Sociedad de Activos Especiales (SAE).

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