JEP anula expulsión de irlandeses explosivistas de las Farc por errores en el trámite
La Sección de Apelación encontró un manejo inadecuado de una recusación contra el magistrado ponente, y ordenó devolver el proceso hasta ese punto.

JEP anula expulsión de irlandeses explosivistas de las Farc por errores en el trámite, imagen de referencia. Foto:(Colprensa)
La Sección de Apelación de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) revocó la expulsión de los ciudadanos irlandeses Martin Jhon McCauley , Niall Terrence Connolly y Seamus O’ Muinechain, condenados por haber fungido como instructores en explosivos a la extinta guerrilla de las Farc dado su pasado como integrantes del PIRA irlandés.
Lo anterior, al aplicar una nulidad parcial sobre todo lo actuado, al encontrar un manejo inadecuado frente a la recusación que la defensa de los irlandeses interpuso contra el magistrado Juan José Cantillo, ponente de la decisión. Lo anterior, al haber decidido él mismo la procedencia de esa acción judicial, facultad que no tenía, y proyectar la decisión de exclusión sin que se evacuara previamente la recusación.
“La decisión respecto de la recusación presentada por el apoderado de los señores Mc CAULEY, CONNOLLY y O’ MUINEACHÁIN no debía ser adoptada por el mismo magistrado contra quien se formuló, ya que la finalidad de esta herramienta es, precisamente, que el operador judicial a quien se considera incurso en una causal de recusación se aparte del trámite hasta tanto la instancia competente tome una decisión al respecto” señaló la Sección.
Además, también se cuestionó que el juez transicional tampoco permitiera la interposición de recursos contra la decisión que rechazó la recusación, aunque tal facultad está consagrada en la ley. Para la magistratura de segunda instancia “el togado desconoció la prevalencia de la norma legal y el principio general de la doble instancia, causando una afectación al debido proceso de los señores Mc CAULEY, CONNOLLY y O’ MUINEACHÁIN”.
Así las cosas, la Sección, con votación de 5-0, ordenó a la Sala de Amnistía e Indulto, a cargo del trámite, revisar la recusación y definirla antes de adoptar una decisión de fondo sobre los tres irlandeses, retrotrayendo el proceso hasta el punto en el que se produjo la recusación.
Cabe decir, que el magistrado Cantillo había advertido falta de aportes a la verdad de los excolaboradores de las Farc, quienes negaron haber entrenado a la guerrilla en manejo de explosivos y dijeron que solo estuvieron en la zona de distensión con fines académicos, pero no para apoyar a las Farc. Para el juez, no eran merecedores de beneficios.




