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Caso Zapa: solicitan prisión domiciliaria para excontratista en Córdoba, Jesús Henao

En audiencia de individualización de la pena, la defensa argumentó que el excontratista padece una grave enfermedad.

Caso Zapa en Montería. Foto: Getty Images (referencia).

Caso Zapa en Montería. Foto: Getty Images (referencia).

Montería

En audiencia de individualización de la pena realizada el pasado 3 de noviembre en la ciudad de Montería, luego de que se conociera que el sentido del fallo para Zuan Naiduth López y Jesús Henao Sarmiento sería condenatorio por la desaparición forzada y posterior muerte del exdirector de Regalías de Córdoba, Jairo Zapa Pérez, la defensa del excontratista solicitó prisión domiciliaria para su representado, argumentando buen comportamiento del mismo y que padece una grave enfermedad.

“La defensa le solicita señora juez que considere la posibilidad de conceder la prisión domiciliaria, teniendo en cuenta que el señor Jesús Eugenio Henao cumple con varias de esas condiciones que se encuentran previstas para acceder a la prisión domiciliaria. En primer lugar, ya señalamos cuales son esos antecedentes sociales, familiares y personales y cual ha sido en general el comportamiento del señor Jesús Henao a lo largo de sus 50 años. Es decir, es una persona que se dedicó a su familia, a labores académicas y proteger intereses de importancia para la Nación como lo son los parques naturales”, sostuvo la defensa de Henao.

La prisión domiciliaria permitiría atender sus requerimientos de salud. Esos requerimientos de salud son de tratamiento especial, requieren de unos costos (…) además le permitiría continuar ejerciendo su labor como docente”, agregó la defensa.

El abogado Juan Felipe Amaya, quien representa a las Víctimas, se opuso a la petición antes expuesta, manifestando que “me compadezco porque sé lo difícil que es la circunstancia, pero con toda claridad debo expresar que lo que establece la norma (…) Si bien se aportó un diagnóstico, no hay ningún dictamen pericial que perfectamente pudo haber aportado la defensa que diera cuenta de esa circunstancia…que la circunstancia médica haga imposible la vida en reclusión, debe decirse que el ordenamiento jurídico colombiano no proscribe el derecho fundamental a la salud a las personas que se encuentran recluidas”.

Por su parte, la defensa de Zuan Naiduth no solicitó subrogado penal para su representada manifestado que, por la gravedad de la conducta no se tendría acceso a este tipo de beneficios (prisión domiciliaria). Sin embargo, sostuvo que “esta defensa pública estima que a la citada ciudadana se le debe imponer la pena mínima, moviéndose para efectos de dosificación e individualización de la pena dentro del cuarto mínimo”.

Contexto en La W:

Una vez escuchadas las partes, el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Montería ordenó que en un término de dos días hábiles, la defensa pueda remitir al correo del despacho la historia clínica del paciente “entendida como la recopilación de todos los tratamientos de los que fue objeto desde el momento en que se hizo el diagnóstico de esa enfermedad”.

“Con esa información, el ciudadano sería remitido al Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses a fin de que se practique un examen o relación médico legal (…) para que se establezca si el ciudadano Jesús Eugenio Henao Sarmiento padece enfermedad y si se encuentra en estado grave. Los cuidados que requiere para salud en medio de su enfermedad, el tipo de atención médica y la periodicidad que para el tipo de su enfermedad requiere, el compromiso que para su derecho a la vida representa la enfermedad que padece”, se estableció por parte del despacho referenciado.

De acuerdo con lo establecido, hasta el 8 de noviembre del año 2023, tendría la defensa de Henao para aportar la historia clínica del procesado.

En ese orden, la audiencia para lectura del fallo se estableció para el viernes 24 de noviembre a las 2:00 p.m.

Cabe recordar que, por el sonado caso Zapa que registra hechos del año 2014, solo hay una condena; la del confeso asesino Joycer Hernández. Por su parte, Maximiliano García Bazanta, Carlos Pérez y Jesús Albeiro Torres, quienes había sido vinculados a la investigación, fueron absueltos.

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