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JEP cierra la puerta a exjefe del DAS condenado por ‘chuzadas’ a Yesid Ramírez

Para los magistrados los hechos por los que fue sentenciado el exjefe anticorrupción del DAS, Bernardo Murillo, inmiscuido en el escándalo de chuzadas que involucró al gobierno Uribe son ajenos al conflicto armado.

Yesid Ramírez. Foto: Suministrada.

Yesid Ramírez. Foto: Suministrada.

La Sala de Definición de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) inadmitió el sometimiento del exjefe anticorrupción del DAS, Bernardo Murillo Cajamarca, condenado por su participación en el escándalo de seguimientos e infiltración ilegal a la Corte Suprema de Justicia y políticos de oposición durante el gobierno Uribe.

En la decisión se enfatizó que en el caso del exjefe del DAS este no fue condenado por delitos que se relacionaran directa o indirectamente con el conflicto y tampoco se acreditó que hubiese hecho parte del plan criminal orquestado desde el DAS para perseguir a jueces y políticos, aunque, el propio Murillo Cajamarca en el escrito preliminar de aportes señaló que ese había sido su papel.

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Hice parte de una organización criminal que operaba al interior del D.A.S., con el único fin de desacreditar a magistrados de las altas Cortes y a otros personajes de la vida pública Colombiana que no estaban en su momento de acuerdo con el Gobierno de turno, y que podrían estar vinculados con grupos al margen de la Ley según el argumento de la Fiscalía”, señaló Murillo.

De hecho, para la magistratura se concluyó que las actuaciones delincuenciales del ex DAS no generaron ninguna ventaja militar o de otra índole a las partes enfrentadas durante el conflicto, por lo cual el factor material que ligara los delitos de Murillo con la violencia culminada en el Acuerdo de Paz eran inexistentes.

“No puede hablarse de conductas cometidas por causa o con ocasión del conflicto armado, en tanto no se ha acreditado relación alguna con este, ni mucho menos se ha probado en forma clara que los hechos hayan tenido su origen en el conflicto mismo, pues no se está ante un caso en el que el conflicto haya permitido la comisión del delito” indica la decisión.

Para la JEP “lo que ocurrió con su actuar fue afectar el bien jurídico de la administración pública al haber realizado actividades contrarias a la ley y las funciones que le eran exigibles”. Agregando además que los supuestos nexos de contexto que Murillo planteó (motivaciones de supuestos vínculos de los perseguidos con las Farc etc.) no tienen prueba ni sustento alguno

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