Corte Constitucional establece que la endometriosis es incapacitante
Con esta tutela la Corte abrió la discusión sobre los dolores incapacitantes de las mujeres que padecen esta enfermedad y las complicaciones que esto conlleva en sus trabajos.

Imagen de referencia. Foto: Getty Images / Grace Cary
La Corte Constitucional estudió una tutela en la que discutió si la endometriosis es una enfermedad que dificulta sustancialmente la capacidad de trabajar dada su gravedad, además se trata de una condición médica relacionada con el tejido uterino.
Con esta tutela, la Corte abrió la discusión sobre los dolores incapacitantes de las mujeres que padecen esta enfermedad y las complicaciones que esto conlleva en sus trabajos.
El caso en concreto: Una mujer que ingresó a un nuevo trabajo, a los tres meses tuvo que empezar un tratamiento médico, al parecer por un cáncer en el ovario, sin embargo, se logró establecer que se trataba de endometriosis, lo que le estaba generando fuertes dolores en su menstruación.
Cita la Corte Constitucional que la endometriosis produce una inflamación severa que se asocia con las siguientes situaciones de salud:
(i) dolor crónico
(ii) constantes periodos de ovulación
(iii) mayor frecuencia de la menstruación que se presenta con fuerte sangrado y dolor
(iv) producción cíclica de hormonas esteroides
(v) enfermedad inflamatoria intestinal
(vi) reflujo gastrointestinal e (vii) infertilidad.
Esta diversidad de síntomas con los que se presenta la endometriosis y la falta de formación e investigación sobre ella lleva a que las mujeres no sean diagnosticas a tiempo, que sean mal diagnosticas e incluso a que su tratamiento se retrase.
La mujer fue despedida luego de que tuvo que someterse a un procedimiento quirúrgico por esta condición. Sin embargo, interpuso la tutela y la Corte Constitucional, quien manejó el estudio con enfoque de género, dijo que este dolor relacionado con la menstruación tiene diversos síntomas que ponen a la mujer en una situación de debilidad manifiesta.
Con ponencia de la magistrada Natalia Ángel, la Corte estableció que la condición de salud, en estos casos impide el normal desempeño laboral.




