Judicial

Corte reitera derecho a la salud de venezolana con VIH en condición irregular

La Corte Constitucional le ordenó a dos IPS ofrecer excusas públicas por discriminación a un ciudadano venezolana trans con diagnostico de VIH, a quién se le negó el tratamiento para su enfermedad.

Corte Constitucional / Foto: Colprensa

Corte Constitucional / Foto: Colprensa

La Corte Constitucional amparó los derechos a la salud, identidad de género y vida digna e integridad física de Brigith, una mujer trans de nacionalidad venezolana con diagnóstico de VIH, quien migró del vecino país por el desabastecimiento de medicamentos por cuenta de la crisis humanitaria, para que en territorio nacional le continuaran el tratamiento médico.

Una vez la mujer se radicó en Colombia, oficializó su estatus migratorio logrando que le expidieran un salvoconducto que le permitió afiliarse al sistema de seguridad social en salud en el régimen subsidiado para continuar con su tratamiento. Sin embargo, la intermitencia en las entregas de los medicamentos la llevaron a presentar el amparo.

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En única instancia un juzgado de Santa Marta negó el amparo de los derechos toda vez que consideró que se acreditó la adecuada prestación del servicio. La Sala, con ponencia de la magistrada Cristina Pardo, revocó la determinación y amparó los derechos. En ese orden, la Sala reiteró la jurisprudencia sobre el derecho a la salud de los extranjeros con VIH en condición irregular y de las personas transgénero, así como también el derecho a la vida y a la integridad física de los extranjeros y el derecho a la no discriminación.

Por lo que la Corte, le ordenó a las dos IPS accionadas ofrecer excusas públicas por un acto de discriminación y a una de las IPS le ordenó, si aún no lo hubiera hecho, entregar la medicación en el lugar de residencia de la accionante. Adicionalmente, ordenó que, de manera coordinada entre la IPS prestadora y la EPS, estudiar la viabilidad de hacer la entrega de los medicamentos en el lugar de residencia de la accionante.

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