Judicial

Procuraduría pide no suspender a Jairo Aguilar, gobernador de La Guajira

Por medio de un concepto dirigido al Consejo de Estado, la Procuraduría pide negar la suspensión del cargo al gobernador de La Guajira, Jairo Aguilar.

Crédito: X Jairo Aguilar

La Procuraduría General de la Nación, por medio de un concepto enviado al Consejo de Estado, le pide al alto tribunal no suspender al gobernador de La Guajira, Jairo Alfonso Aguilar Deluque. Así, el ente de control pidió negar las medidas cautelares de suspensión del cargo en medio de una demanda de nulidad electoral que se adelanta en su contra.

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La demanda se interpuso en contra de la elección de Aguilar Deluque y la presentó la ciudadana Delida del Carmen Oñate, bajo el argumento de que Aguilar fungió como gobernador del departamento de La Guajira hasta el día 25 de julio de 2022. Esto, según la demandante, significaría que no podía “tomar parte en las actividades de los partidos o movimientos políticos, sin perjuicio de ejercer libremente el derecho a sufragio”.

Según la demanda, el gobernador de La Guajira intervino y tomó parte en actividades de los partidos o movimientos políticos, con la finalidad de adelantar acciones para ser candidato a la Gobernación de La Guajira dentro de su período constitucional de incompatibilidad, doce meses después del retiro del servicio. Esto es: entre el 25 de julio de 2022 y el 26 de julio de 2023.

Por ese motivo, la demanda pide tanto la nulidad de la elección como la suspensión provisional del cargo del mandatario.

Ahora, el Consejo de Estado estudia si el gobernador de La Guajira para el período 2024-2027 incurrió en una presunta vulneración del ordenamiento jurídico, en particular: “el desconocimiento del régimen de inhabilidades e incompatibilidades”.

En medio de este estudio, la Procuraduría emitió un concepto en el que pide negar las medidas cautelares de suspensión porque los elementos relacionados al juicio relacionados “no gozan de la entidad y ni de la contundencia para determinar que se vulneró el ordenamiento jurídico”.