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Corte ordena estudiar posibilidad de dejar en libertad a Mancuso en uno de sus procesos

La Corte Constitucional ampara el derecho al debido proceso vía tutela y publicó el fallo completo con el que da un mes al Tribunal Superior de Bogotá para revisar la libertad de Mancuso.

Salvatore Mancuso en la JEP. Foto: Cortesía JEP

Salvatore Mancuso en la JEP. Foto: Cortesía JEP

La Corte Constitucional ordenó que se estudie la posibilidad de dejar en libertad al exjefe paramilitar Salvatore Mancuso, amparando el derecho al debido proceso, el alto tribunal ya hizo público el fallo completo.

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La decisión la tomó la Corte Constitucional al concederle una tutela a Mancuso que previamente había sido negada por la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá y la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia. El fallo completo advierte que la determinación concierne exclusivamente sobre la sustitución de la medida de aseguramiento impuesta.

Por lo que el exjefe paramilitar pidió que se le ampare el derecho al debido proceso, solicitando garantías de la libertad, ya que, según él, la recuperó en 2020 luego de cumplir la pena impuesta en Estados Unidos, sin embargo, todavía se encuentra a disposición de autoridades migratorias de ese país.

Recientemente se conoció que el pasaporte de Mancuso ya se encuentra vigente para que vuelva a Colombia.

Lo que aún se desconoce es si quedará libre por su condición de gestor de paz, decisión que tomará un juez, ya que, por ahora, el ministro de Justicia, Néstor Osuna, anunció que el sitio de reclusión ya está listo y podría ser en Bogotá o Barranquilla.

Con este fallo completo se conoció que, la Corte le da un mes al Tribunal Superior de Bogotá para estudiar la solicitud de Mancuso y garantizar el debido proceso en la petición de su libertad.

La Corte también ordenó que, después de analizar nuevamente la solicitud, se concluya la procedencia del beneficio: “las autoridades judiciales accionadas, antes de conceder la libertad inmediata al postulado, deberán constatar que no existan requerimientos por parte de otra autoridad”, dice la decisión.

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