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JEP ordena “encuentros dialógicos” entre las víctimas y el coronel Hernán Mejía

La decisión se produce luego del fallo que, en segunda instancia, anuló la captura del excomandante del Batallón La Popa y condenado por ejecuciones extrajudiciales.

Hernán Mejía Gutiérrez

Hernán Mejía Gutiérrez (Colprensa / Archivo)

La Sección de Ausencia de Reconocimiento de la JEP en el marco del incidente de incumplimiento que adelanta en contra del coronel (r) Hernán Mejía, y frente al cual en segunda instancia fue tumbada su captura, ordenó la realización de “encuentros dialógicos” entre las víctimas y el excomandante del Batallón La Popa, imputado por falsos positivos en ese tribunal y condenado en la justicia ordinaria.

Dichos encuentros dialógicos que deberán ser coordinados por la Secretaría Ejecutiva de la JEP, serán el mecanismo por el cual se buscará un eventual acercamiento y/o retractación del coronel Mejía por cuenta de sus acusaciones en contra de manifestantes durante el paro nacional, por las que fue acusado ante la JEP de incitar a la violencia.

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“En estos encuentros se debe promover la interacción entre todas las partes y, sobre todo, se debe abordar la autoría de los mensajes, la actitud del compareciente frente a ellos y el contenido y alcance de los videos de Youtube. Si él reconoce su autoría o si persiste en dichos contrarios, se le debe invitar a evaluar los daños o incumplimientos que sus palabras pueden propiciar” indicó la magistratura.

Para el cabal cumplimiento de dichos encuentros, que podrían culminar con una audiencia “restaurativa” si Mejía reconoce conductas indebidas en sus señalamientos, la Sección ordenó que en 30 días como plazo se diseñe la metodología de tales encuentros y se desarrollen. Luego de esto, la Secretaría Ejecutiva de la JEP deberá informar si hubo acuerdo entre las víctimas y Mejía o si las diferencias persisten (la asistencia no será obligatoria).

“En caso contrario (de no haber acuerdo), esta Sección procederá a adoptar una decisión definitiva sobre el incidente de incumplimiento al régimen de condicionalidad. Esto último, según corresponda a partir de lo que se ha demostrado y controvertido en desarrollo del presente trámite incidental”.

La decisión contó con salvamento de voto de la magistrada María del Pilar Valencia.

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