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Pese a fallo, usuaria permaneció 40 días sin energía: concejal de Barranquilla

La denuncia fue realizada por el concejal Antonio Bohórquez. Tras un incidente de desacato, la empresa Air-e reconectó el suministro.

Imagen de referencia de factura de luz. Foto: Getty Images.

Imagen de referencia de factura de luz. Foto: Getty Images. / Oscar Martín

El concejal Antonio Bohórquez dio a conocer el caso de una usuaria del servicio de energía que permaneció sin el suministro más de 40 días, pese a la orden de un juzgado que exigió la reconexión.

La situación se presentó en una vivienda ubicada en el sector de Las Nieves, en el sur de Barranquilla, a la que según las declaraciones de Bohórquez le suspendieron el servicio de energía de manera irregular.

Pese a que la usuaria interpuso una acción de tutela que falló a su favor y ordenó a la empresa de energía Air-e restablecer la energía, esta permaneció más de un mes sin electricidad.

Por lo anterior, el Juzgado Quinto Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Barranquilla amparó el derecho al debido proceso de la ciudadana y resolvió declarar en desacato a los representantes del operador de red.

Asimismo, exigió el cumplimiento de la sentencia emitida por el despacho, en la que ordenan la reconexión del servicio.

Aunque la empresa procedió con el restablecimiento de la energía, el concejal Antonio Bohórquez, que lleva la vocería del caso, anunció acciones jurídicas para que se cubran las afectaciones y los perjuicios causados a la ciudadana.

“Lo bueno es que se sepa que esta usuaria duró 40 días sin el servicio, cortado irregularmente y violándose la ley. Esto no va a volver a pasar y por supuesto, haremos la respectivas reclamaciones que correspondan para que se cubran las afectaciones y perjuicios que sufrió en estos 40 días”, expresó Bohórquez.

Respuesta de la empresa de energía Air-e

Este medio solicitó a la organización una respuesta sobre el caso dado a conocer por el concejal, misma en la que indicaron que “la usuaria presentó recurso de queja ante la SSPD en contra de una decisión de la empresa que le negaba la apelación por no cancelar la sumas que no eran objeto de reclamo”.

“Como el recurso no fue presentado directamente ante la empresa, el suministro aparecía en codición cortable en el sistema comercial, sin ningún tipo de impedimento, lo que dio lugar a que se adelantara la suspensión del servicio. En desarrollo de la acción de tutela la empresa tuvo conocimiento del mencionado recurso que la usuaria había presentado ante la Superintendencia, lo que dio lugar a que el juez ordenara la reconexión del servicio. Como el mismo concejal Bohórquez lo reconoce, la empresa adelantó la reconexión del servicio, lo cual ya fue acreditado por parte de la empresa dentro del incidente desacato, lo que dará lugar al archivo definitivo del caso”, aseguraron.

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