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Cómo solicitar subsidio de transporte escolar Bogotá 2025: plazo hasta el 15 de diciembre

Con este programa, se brindan alternativas sostenibles de transporte seguro y eficiente a los estudiantes, de acuerdo con su lugar de residencia y la oferta pública educativa.

Rutas de colegio en Bogotá. Foto: Getty Images.

Rutas de colegio en Bogotá. Foto: Getty Images.

La Secretaría de Educación de Bogotá dio a conocer que hasta el próximo domingo 15 de diciembre de 2024 se podrá realizar la solicitud para seguir recibiendo beneficios como movilidad escolar en los colegios oficiales de ‘Bogotá, mi Ciudad, mi Casa’.

Hay que destacar que este subsidio de transporte escolar busca promover el ingreso y la asistencia a los colegios, ofreciendo las modalidades de rutas y subsidios de transporte escolar, como alternativas de transporte en forma segura, sostenible y eficiente, para los estudiantes de las instituciones educativas con matrícula oficial que cumplan con los lineamientos definidos, teniendo en cuenta con su lugar de residencias y la oferta pública educativa.

Más información

De acuerdo con la Secretaría de Educación, para aplicar a este subsidio es importante contar con todos los datos del estudiante actualizados.

¿Cómo solicitar subsidio de transporte escolar Bogotá 2025?

1. Ingrese a https://matriculas.educacionbogota.edu.co/

2. Haga clic en ‘Estudiantes antiguos’.

3. Seleccione la parte llamada ‘Inscripción para beneficios 2025′.

4. Ingrese en ‘Iniciar el proceso’, allí le aparecerá el formulario que deberá completar con la información del estudiante y enviar la solicitud.

¿Cuáles son los criterios de asignación?

De acuerdo con la página de la Alcaldía de Bogotá esta son las condiciones que permiten priorizar las solicitudes de acuerdo con la población a la que pertenecen los estudiantes que cumplen con los requisitos de acceso al programa:

1. Estudiantes con discapacidad: estudiantes que tengan discapacidad y que se encuentren caracterizados en el Sistema de Información de Matrícula - SIMAT.

2. Estudiantes cuya vida o integridad personal estén en riesgo inminente: estudiantes que presenten evidencia, mediante certificación de entidad estatal, que soporte su condición, la Dirección de Bienestar Estudiantil determinará la viabilidad de la asignación del beneficio.

3. Estudiantes antiguos en el sistema de movilidad escolar: estudiantes, que, en el momento de asignación, continúan cumpliendo con las condiciones y compromisos como beneficiarios del Programa de Movilidad Escolar de la Dirección de Bienestar Estudiantil.

4. Estudiantes incluidos en convenios de continuidad escolar: estudiantes antiguos en el sistema educativo oficial, que requieren traslado de colegio o sede para garantizar la permanencia en el servicio educativo.

5. Población desescolarizada (identificada a través de las estrategias de búsqueda activa y movilización social): estudiantes que estando por fuera del sistema educativo oficial, se identifican a través de las diferentes estrategias de escolarización de la SED, previa verificación del cumplimiento de requisitos para acceder al programa de la Dirección de Bienestar Estudiantil.

6. Unificación de hermanos: estudiantes nuevos en el sistema educativo oficial que tengan hermanos en la misma institución educativa distrital a la que fueron asignados por la dirección de cobertura (quienes ya son beneficiarios del Programa de Movilidad Escolar de la Dirección de Bienestar Estudiantil).

¿Cuáles son los requisitos para acceder al subsidio de transporte escolar Bogotá 2025?

  • Los estudiantes que soliciten un beneficio de movilidad escolar deben estar matriculados en los colegios oficiales del distrito capital, cuyo domicilio se encuentra ubicado en Bogotá D.C., salvo casos excepcionales de zonas limítrofes en la ruralidad.
  • Deberán residir en una Unidad de Planeamiento Zonal - UPZ con déficit de cupos escolares, de acuerdo con el grado en el que se encuentra asignado el estudiante, o en las zonas rurales de la ciudad.
  • Los estudiantes deben tener una jornada diurna, a excepción de los estudiantes con discapacidad que podrán acceder al subsidio de transporte en jornada nocturna, siempre y cuando el calendario escolar cuente con los mismos días de asistencia que la jornada diurna. No se entregará subsidio de transporte a estudiantes matriculados en jornada de fin de semana.
  • El subsidio será entregado a estudiantes de jardín hasta grado 11°, y procesos de aceleración. Menores de 19 años, con excepción de estudiantes con discapacidad.
  • La distancia entre la casa y el colegio deberá ser de más de 1 km de recorrido para estudiantes de jardín, grado 0 o con discapacidad. Y más de 2 km de recorrido para los estudiantes de grado primero a once.
 

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