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La ofensiva del Estado tras actos de corrupción por caso Odebrecht

Se trata de 10 estrategias jurídicas para recuperar los recursos que el Gobierno destinó para la Ruta del Sol 2.

La ofensiva del Estado tras actos de corrupción por caso Odebrecht. Foto: Colprensa

La ofensiva del Estado tras actos de corrupción por caso Odebrecht. Foto: Colprensa(Thot)

Por los actos de corrupción cometidos en Colombia y reconocidos por el grupo empresarial Odebrecht, el Ministerio de Transporte, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), la Superintendencia de Transporte y la Superintendencia de Industria y Comercio han iniciado 10 acciones, entre judiciales y administrativas. Contra la corrupción, el Gobierno Nacional va con todo el peso de la Ley. La sociedad Odebrecht S.A. ha causado al país enormes perjuicios patrimoniales y extrapatrimoniales, más el daño ético y moral, corrompiendo diferentes niveles de la administración pública. 

 

1. Tribunal de Arbitramento Concesionaria Ruta del Sol S.A.S vs. ANI El 6 de agosto de 2019 se profirió laudo en el que se reconoció que la única cifra que adeuda la ANI a la Concesionaria Ruta del Sol S.A.S es la suma de $211.273.405.561, cifra que debe ser puesta a disposición del patrimonio autónomo para que se paguen las acreencias de los terceros de buena fe hasta donde alcance. El pasado 4 de octubre se interpusieron 9 recursos de anulación en contra del laudo arbitral y el Estado está preparando su oposición a los mismos. Los recursos serán resueltos por el Consejo de Estado, trámite cuya duración se estima en 8 meses. 

 

2. Acción Popular Ruta del Sol El 6 de diciembre de 2018, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca profirió sentencia de 1ª instancia en el que condenó a la Concesionaria Ruta del Sol S.A.S y sus accionistas a pagar al Estado la suma de $800.156.144.362 por la violación a los derechos colectivos a la moralidad administrativa y a la defensa al patrimonio del patrimonio público. Los demandados condenados interpusieron recurso de apelación, el cual actualmente está en trámite ante el Consejo de Estado y se estima que dure un año más en resolverse. 

 

3. Inconstitucionalidad del artículo 20 de la Ley 1882 de 2018 Esta demanda ya se resolvió y en ella la Contraloría General de la República solicitaba que se declarara la inconstitucionalidad del artículo 20 de dicha Ley, según el cual se establece una fórmula de liquidación que resulta aplicable de manera retroactiva para los contratos a los que se le haya declarado la nulidad absoluta por objeto o causa ilícita, lo cual, a juicio de la CGR resultaba inconstitucional. La Corte Constitucional consideró que, dadas las características propias de los contratos de Asociaciones Público Privadas (APP) en que la mayor parte del capital en riesgo pertenece a terceros de buena fe y en particular al ahorro captado del público, las restituciones a que haya lugar en los casos en que se declare la nulidad absoluta de un contrato de APP o de concesión de infraestructura para el transporte se regirán bajo la regla de la protección de la buena fe, y por lo tanto, deben dirigirse primordialmente a satisfacer el pago de las deudas que el proyecto haya adquirido con terceros de buena fe. Sin embargo, cuando esté demostrado que el contratista, así como sus miembros y socios, o terceros aparentes hayan actuado dolosamente, de mala fe o con conocimiento de la ilicitud que dio lugar a la nulidad absoluta del contrato, ellos no podrán ser objeto de reconocimientos a título de restituciones. 

 

4. Actuación Administrativa de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) por la eventual comisión de conductas anticompetitivas en la Licitación Pública que culminó con la suscripción del contrato de concesión 001 de 2010, junto con sus modificaciones, adiciones y otrosíes. El 13 de septiembre de 2018, la SIC abrió investigación y formuló pliego de cargos en contra de Constructora Norberto Odebrecht S.A., Odebrecht Investimento em Infraestructura Ltda, Corficolombiana, Episol Concesionaria Ruta del Sol SAS, Gabriel García Morales y administradores y ejecutivos de estas sociedades. Se imputaron los siguientes cargos: (i) Pago de Sobornos, (ii) Aprovechamiento de Conflicto de Interés, (iii) Contactos Privados y Directos en Violación de la Prohibición y (iv) Persona Natural Vinculada a un Agente del Mercado. Actualmente está en etapa probatoria. 

 

5. Actuaciones Administrativas ante la Superintendencia de Sociedades. a. Si bien la Supersociedades no ejerce supervisión sobre la Sociedad Concesionaria Ruta del Sol SAS, ya que es de competencia de la Superintendencia de Transporte, si la ejerce sobre otras sociedades vinculadas a esta y sometió al máximo grado de intervención (control) mediante las Resoluciones No. 300-000475 y 300-000473 del 10 de febrero de 2017 a la sucursal de la sociedad extranjera Constructora Norberto Odebrecht S.A. y a la sociedad Odebrecht Latinvest Colombia S.A.S. Actualmente, esta decisión se encuentra ejecutoriada y en firme. b. Declaratoria Grupo Empresarial: Esta Superintendencia también inició una actuación administrativa que culminó con la declaratoria de grupo empresarial y la imposición de una multa. c. Multa a los revisores fiscales d. Actuación contra los administradores: Actualmente esta Superintendencia adelanta investigaciones contra los administradores por posibles incumplimientos a sus deberes. e. Actuación por presuntas infracciones cambiarias 

 

6. Procesos penales En el momento se encuentran en curso 11 procesos penales, en los que en cuatro la ANI se ha constituido como víctima. 

 

7. Acción de Reparación Directa de ANI contra Concesionaria Ruta del Sol S.A.S La ANI inició demanda de reparación directa por la celebración indebida del Contrato de Concesión No. 001 de 2010, proyecto Ruta del Sol 2, que conllevó a la terminación anticipada del mismo en febrero de 2017. La cuantía de esta demanda es de $13.100.082.793. Este monto será actualizado por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado con base en los perjuicios del Estado en los cuales han incurrido otras entidades. 

 

 8. Acción contractual del Ministerio de Transporte contra Concesionaria Ruta del Sol S.A.S para que se declare la nulidad del contrato de estabilidad jurídica El Ministerio de Transporte, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, la ANI, la Superintendencia de Transporte y la Dian presentarán una demanda para que se declare la nulidad del contrato de estabilidad jurídica que celebró con la Concesionaria Ruta del Sol S.A.S, por haber sido celebrado con objeto y causa ilícita. La cuantía se está determinando y depende del beneficio tributario que obtuvo dicha sociedad en virtud del contrato. 

 

 9. Rechazo al Acuerdo de Reparación Integral solicitado por la Constructora Norberto Odebrecht S.A. La sociedad colombiana Constructora Norberto Odebrecht S.A. propuso a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y a otras entidades la celebración de un “Acuerdo de Reparación Integral”, mediante el cual la compañía responsable de graves actos de soborno y corrupción, ofrece una compensación económica por los perjuicios generados por los delitos cometidos contra la moralidad pública, a cambio de que el Estado retire todos los procesos legales y administrativos en su contra y le permita volver a contratar con el Estado. La Vicepresidencia de la República y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, así como otras entidades, rechazaron tajantemente esta solicitud pues resulta legal y moralmente inaceptable. No puede ni debe el Estado colombiano subsanar las graves faltas penales y éticas de un contratista con la simple compensación monetaria. Aceptar un acuerdo de compensación económica a cambio de subsanar el daño moral y material causado a la Nación con los actos de corrupción resultaría ser un incentivo perverso para que se continúen cometiendo este tipo de actos. 

 

10. Supertransporte declaró la disolución de la Sociedad Ruta del Sol S.A.S y la convoca a proceso de liquidación ante la Supersociedades Con el propósito de proteger a terceros de buena fe, brindar seguridad jurídica y aprovechar el patrimonio de la sociedad para el cumplimiento de sus obligaciones y evitar el detrimento de los acreedores, la Superintendencia de Transporte, en ejercicio de sus funciones declaró la disolución de la sociedad Concesionaria Ruta del Sol S.A.S. y en consecuencia convocó al proceso de liquidación judicial a la compañía en instancia de la Superintendencia de Sociedades La lucha contra el grave flagelo de la corrupción es una obligación constitucional, legal y ética de todo gobernante y de todo ciudadano. Este es uno de los peores atentados cometidos en contra de la moralidad de la Nación, el cual ha causado un grave detrimento en las finanzas públicas y ha sido el origen de graves daños a la ética pública. Las entidades continuarán trabajando en conjunto para defender el erario y la institucionalidad colombiana, y se seguirán analizando todas las alternativas legales para recuperar los dineros del Estado. El que la hace la paga.

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