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Mujer es condenada a 16 meses de prisión por falsificar incapacidad médica

El delito imputado a la acusada fue de falsedad en documento privado.

Los hechos se dieron en 2016.. Foto: Colprensa

Los hechos se dieron en 2016.. Foto: Colprensa(Thot)

Los hechos se dieron en 2016.. Foto: Colprensa

Una mujer presentó una incapacidad médica en su lugar de trabajo, una empresa dedicada a la fabricación y venta de ropa, el pasado 11 de abril de 2016. Según el documento, había sido atendida en un punto de la EPS Salud Total. 
Sin embargo, cuando la empresa empleadora procedió a validar la autenticidad de la incapacidad con la EPS señalada, se topó con una serie de irregularidades que pusieron en duda la veracidad del documento. 

 

En primera instancia, en la fecha señalada de la incapacidad, no se encontró ningún registro en la EPS de que la mujer hubiese sido atendida en las IPS afiliadas a Salud Total.  Además, también se comprobó que el formato presentado por la trabajadora no correspondía a los manejados por la entidad. 
Debido a esto, la EPS citó a la mujer para que respondiera a las irregularidades presentadas, y al no encontrar aclarantes, se procedió a presentar una denuncia penal ante la Fiscalía para evaluar posibles conductas delictivas. 


Así mismo, el ente acusador sostuvo entre sus argumentos que "ese documento presentado ante el empleador era falso". Mientras que la defensa de la mujer aseguró que no se pudo comprobar ningún daño o detrimento a la EPS, ya que no se logró esclarecer si se pagó o no el día de incapacidad. Según ella, era motivo suficiente para absolver a su representada. 

Aunque, según la juez, la acusada "confeccionó y/o determinó a un tercero para elaborar documento falso incapacitante, el cual exhibió, presentó y usó ante su empleador con el propósito de justificar su ausencia laboral el 11 de abril de 2016". Por esta razón se le hayo responsable de falsedad en documento privado; lo cual es un delito.


Luego de esto, y a pesar de los argumentos de la defensa de que la mujer es madre cabeza de familia y que no se generó un detrimento, sumado a las disculpas de la implicada; el juzgado penal 45 le dictó sentencia de 16 meses de cárcel. 


Finalmente, la defensa continuó con que la mujer es madre cabeza de familia de un menor de edad y que ya no trabaja en la empresa donde se presentó la incapacidad; por lo que pidió subrogar la sentencia. 


Esto, fue atendido por la jueza. Es decir, la conedna sigue en pie y con antecedente penal, pero la mujer no irá a prisión, desde que demuestre un adecuado comportamiento y no reincida en ningún delito.

 

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