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Por decreto, presidente podrá ratificar a tres superintendentes sin convocatoria pública

El decreto 1646 del 27 de agosto del 2018 permite ratificar a los superintendentes de Sociedades, Industria y Comercio y Financiero.

El presidente Iván Duque. Foto: Colprensa

El presidente Iván Duque. Foto: Colprensa(Thot)

Por medio del decreto 1646 del 2018, el presidente Iván Duque podrá ratificar a los superintendentes de Sociedades, Financiero y de Industria y Comercio sin necesidad de una convocatoria pública. 

El decreto adiciona un parágrafo al artículo 2.2.34.1.6 del Decreto 1083 del 2015, el cual reglamenta el sector de la Función Pública. En el parágrafo se indica que "el nuevo Mandatario podrá ratificar a los superintendentes que vienen ejerciendo el cargo sin necesidad de efectuar una nueva convocatoria ni nuevo nombramiento". 

Según se explica en el nuevo decreto, aunque los encargados de estas tres superintendencias son nombrados para el periodo Presidencial y una vez acabado el mismo "deberá designarse su reemplazo dentro de los 3 meses siguientes a la fecha de posesión del nuevo mandatario", el Presidente "tiene la facultad discrecional de conformar su equipo de Gobierno con el personal más idóneo y calificado". 

Por esta razón, se indica que el Presidente puede "ratificar, si así lo considera, a quienes vienen ejerciendo el cargo de Superintendente de Industria y Comercio, Superintendente Financiero y Superintendente de Sociedades, sin necesidad de efectuar una nueva convocatoria ni un nuevo nombramiento". 

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