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Sociedad Ferrocarril del Pacífico S.A.S. fue convocada a liquidación judicial

La empresa Ferrocarril del Pacífico S.A.S. operaba el corredor férreo entre Buenaventura La Tebaida, correspondiente a la Red Férrea del Pacífico

Sociedad Ferrocarril del Pacífico S.A.S.. Foto: Cortesía ANI

Sociedad Ferrocarril del Pacífico S.A.S.. Foto: Cortesía ANI(Thot)

Con el fin de propender por la preservación de los bienes que hacen parte de las concesiones y velar por la protección de las infraestructuras, la Superintendencia de Sociedades confirmó que convocó a la Sociedad del Pacífico S.A.S. a liquidación judicial. 

El ente de control y vigilancia recordó que el 1 de junio de 2016, mediante Resolución 18713, impuso medida de sometimiento a control a la sociedad y ordenó la presentación de un Plan de Recuperación y Mejoramiento, por presentar una situación crítica de orden administrativo y financiero que afectaba directamente la prestación del servicio público de transporte de carga, recordando que dicha sociedad se encontraba a cargo de la concesión de la infraestructura del corredor férreo Buenaventura – La Tebaida, correspondiente a la Red Férrea del Pacífico, siendo así  la responsable de la rehabilitación, conservación, operación y explotación de la infraestructura férrea del Pacífico.

No obstante, lo anterior, luego de transcurrido un año y medio, mediante la Resolución 64479 del 5 de diciembre de 2017, la medida de sometimiento a control tuvo que ser prorrogada a término indefinido hasta tanto la Sociedad Ferrocarril de Pacífico S.A.S. subsanara los hechos que dieron lugar a su imposición y aquellos otros que pudieran presentarse antes o durante el desarrollo del Plan de Recuperación y Mejoramiento. Lo anterior en respuesta a que, la sociedad presentó de manera extemporánea el plan de Recuperación y Mejoramiento ordenado y no logró subsanar la situación advertida.

Frente al escenario y exponiendo los nuevos hallazgos la Supertransporte aseguró que, así las cosas, han transcurrido más de cuatro años sin que la sociedad hubiera presentado un Plan de Recuperación y Mejoramiento satisfactorio que resolviera las situaciones críticas y, por el contrario, se comprobaron otros hallazgos que denotan un estado crítico contable y jurídico que se suma al financiero y administrativo. Así lo demuestran, entre otras evidencias, las distintas visitas administrativas y los requerimientos de información que le fueron realizados a la Sociedad Ferrocarril del Pacífico S.A.S, por parte de esta Superintendencia.

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De igual forma, la sociedad en mención no atendió los requerimientos de información y recomendaciones de la Superintendencia de Transporte, sobre un Plan de Recuperación y Mejoramiento, que respondiera de manera efectiva a la situación crítica que presentaba.

Además la Superservicios informó que, se encontraron hechos relacionados con i) la situación de control entre sociedades controlantes de Ferrocarril del Pacífico S.A.S., que no fue informada debida y oportunamente a la Superintendencia de Sociedades; ii) el no dar razón sobre el levantamiento de bienes que se sabe fueron objeto de venta sin autorización, a pesar de la medida de sometimiento a control que les fue impuesta por la Superintendencia de Transporte; iii) los pendientes de pago de acreencias laborales y/o prestaciones sociales que aún existen; iv) la decisión de suspender la operación de la Red Férrea del Pacifico y v) la obstaculización de las funciones del revisor fiscal, entre otros.

El Superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza, dijo “el uso de ferrocarriles es indispensable para nuestro país. No obstante, a pesar de los esfuerzos por generar un plan de mejoramiento, la situación crítica de la empresa no se habría superado y, además, fue declarada la caducidad del contrato de concesión, por lo cual la Superintendencia de Transporte convocó a la sociedad Ferrocarril del Pacífico S.A.S a liquidación judicial”.

La declaratoria de caducidad del contrato de concesión se produjo por tres motivos especiales, i) desde el 7 de abril de 2017 la sociedad suspendió la prestación del servicio de transporte de carga, ii) el concesionario no realizó el mantenimiento para la conservación de la infraestructura entregada en concesión, y iii) tampoco realizó el mantenimiento de los equipos férreos.

Las situaciones críticas de la sociedad Ferrocarril del Pacífico S.A.S afectaron la operación del corredor férreo y la infraestructura que se encuentra dispuesta para la prestación del servicio público de transporte de carga, circunstancia de relevancia para la Superintendencia de Transporte, ya que debe propender por garantizar el acceso, la calidad y la seguridad del servicio público para los usuarios.

La decisión está sujeta a recurso de reposición.

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