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Superindustria ordena repetir elecciones de la Cámara de Comercio de Barranquilla

La decisión se tomó ante la comprabación de que la Cámara de Comercio incumplió la obligación de depurar el censo electoral.

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), a través de Resolución Nº 55180 del 24 de septiembre de 2012 declaró fundadas las impugnaciones presentadas por la sociedad Inversiones CCL S.A.S. y Comunicaciones y Negocios S.A.

En consecuencia invalidó el proceso electoral adelantado el pasado cinco de julio, ordenando su repetición el día veintidós (22) de noviembre de 2012, entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m.

La decisión se tomó ante la comprabación de que la Cámara de Comercio incumplió la obligación de depurar el censo electoral, y ante la verificación de múltiples indicios de manipulación del resultado de la votación, tales como:

Durante la visita practicada por la SIC a la Cámara de Comercio de Barranquilla los días 17 y 18 de septiembre de 2012 se estableció que durante el primer trimestre del año 2012, se constituyeron 1545 personas jurídicas[Nota:1], todas bajo la figura de sociedades por acciones simplificadas -SAS, de las cuales 1483 se encuentran concentradas en 72 personas.

Que los señores DONALDO BARRIOS SÁNCHEZ, DARNELLIS DEL PILAR RIEDEL CARRASCAL, AIRTO DURÁN PÉREZ, MIGUEL ANGEL VELOZA SIERRA, JUAN CARLOS OROZCO MANOTAS, GUSTAVO ADOLFO HADECHINI ESPITIA, ALEXANDER CANO MANOTAS, LUIS FERNANDO MONTOYA VILLALBA, RICARDO AVILA MERLANO y EDUARDO DE JESUS HERRERA SALAZAR en su condición de contadores públicos, expidieron alrededor de 700 certificados, en los que dejaron constancia del cumplimiento de los deberes de comerciante, a pesar de que en algunos casos, éstos habían manifestado no llevar contabilidad regular de sus negocios.

Los señores DONALDO BARRIOS SÁNCHEZ y AIRTO DURÁN PÉREZ, quienes a su vez eran candidatos a miembros de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Barranquilla, expidieron alrededor de 288 certificados. Que las sociedades que fueron constituidas en el primer trimestre del año 2012 representan aproximadamente el 25% de la totalidad de votos posibles para las elecciones. Adicionalmente la superintendencia observó que la frecuencia de constitución de sociedades se repite entre los representantes legales, siendo la constitución de 10 sociedades la más común, seguida por la constitución de 30.

Para la gran mayoría de las nuevas sociedades, esto es el 98.71%, se registra como número de empleados un (1) sólo, hecho que llama la atención de la Superintendencia no sólo por la coincidencia, sino también por que las empresas con objetos sociales tan distintos entre sí y que implican distintas tareas y funciones, así como de dedicación a la misma, cuenten con exactamente el mismo empleado. De la totalidad de las sociedades creadas (1483), sólo dos de ellas, que equivalen al 0.13% del total de las empresas, fueron constituidas con un capital de cien millones de pesos ($100.000.000).

Las 1481 sociedades restantes se crearon con un capital exactamente igual y equivalente a un millón de pesos ($1.000.000). Así, sin importar el objeto, el capital no varía, situación que esta Superintendencia encontró va contra la experiencia económica donde el capital es normalmente una función del tipo de actividad. Se encontró que si bien los documentos de constitución de las sociedades por acciones simplificadas estudiados, reúnen los requisitos legales, una vez analizados los mismos estos tenían una impresionante similitud en casi todos los formatos utilizados, modificando en la gran mayoría de los casos únicamente el nombre del accionista, objeto y razón social de cada sociedad.

Al revisar los documentos y la información disponible sobre las empresas constituidas, la Superintendencia encontró que todas muestran que una sola persona decide crear más de una sociedad en un periodo de tiempo inferior a 3 meses, existiendo personas que constituyeron y registraron hasta 46 sociedades en menos de un mes. Al analizar los nombres de las distintas sociedades, se observa que una gran mayoría de estas tienen un nombre que termina ya sea bien con el nombre o apellido del representante legal y accionista o con alguna combinación de las letras del nombre completo de éste.

Al verificar los nombres propios de los representantes legales, se puede observar que en varios casos ambos apellidos coinciden indicando que, al parecer, estos tienen una relación familiar de hermanos. Adicionalmente, se encontraron coincidencias respecto del domicilio y teléfono registrado por los distintos representantes legales para algunas de las sociedades referidas, que indican que entre estas personas existe una relación cercana, pues no sólo tienen la misma línea telefónica, sino que adicionalmente comparten el mismo lugar para la operación de algunos de sus negocios.

Que previo un análisis comparativo del objeto social de las referidas sociedades encontrando que las empresas constituidas por una misma persona operan en el mismo sitio y abarcan negocios desde un museo, una aseguradora, un servicio de limpieza y hasta una empresa de software. Igualmente, sorprende que una empresa cuyo objeto social tiene que ver con canteras, opere en el mismo lugar físico que un centro cardiológico, centro de fotografía e impresión, una empresa de confección de tejidos y otros negocios de cerámicas y pisos.

La superintendencia también efectuó un análisis económico de los resultados electorales que arrojaron cada una de las mesas en las que votaron cada uno de los representantes legales, así como de la cantidad de votos que obtuvo cada una de las listas pudiendo verificar que, en la gran mayoría de los casos las sociedades anteriormente mencionadas efectivamente votaron, con lo cual, incidieron eficazmente en el resultado electoral.

El análisis permite inferir, asumiendo que cada representante legal usa la totalidad de votos para votar por una misma lista, la identidad del representante legal que votó por determinada lista, considerando la concentración evidente de una gran cantidad de votos en una sola lista en algunas mesas de votación. Por ejemplo, en la mesa 4, en la que votó el señor Víctor Manuel Antequera Santamaría, la Lista 7 obtuvo 132 votos, mientras que las demás listas no superaron los 5 votos registrados, lo que hace presumir que las sociedades que representa el señor Antequera, fueron quienes votaron por la Lista 7, dado que es la única que obtuvo más de 31 votos.

De otro lado, es importante relatar que la SIC, ante la gravedad de los hallazgos encontrados, el día de ayer puso este asunto en conocimiento de la Fiscalía General de la Nación con el fin de, si lo tiene a bien, valore los hechos referidos e investigue la ocurrencia de posibles delitos.

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