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Supertransporte formuló pliego de cargos en contra de empresas de transporte de carga

En total se formularon pliegos de cargos en contra de 37 empresas.

La Superintendencia de Transporte confirmó que abrió investigación y formuló cargos en contra de 37 empresas transportadoras de carga. Foto: Colprensa

La Superintendencia de Transporte confirmó que abrió investigación y formuló cargos en contra de 37 empresas transportadoras de carga. Foto: Colprensa(Thot)

La Superintendencia de Transporte confirmó que abrió investigación y formuló cargos en contra de 37 empresas transportadoras de carga, por incurrir en conductas que presuntamente vulneran el régimen de costos eficientes de operación y el suministro de información ante los organismos de control.

Según el ente de control y vigilancia, los cargos imputados a diez (10) empresas de servicio público de transporte terrestre automotor de carga, se formularon debido a que no se estaría garantizando la simetría de las relaciones económicas en la cadena de transporte al presuntamente pagar por debajo de los de costos eficientes de operación.

En relación con las otras veintisiete (27) empresas de servicio público de transporte terrestre automotor de carga, se formula pliego de cargos al encontrar material probatorio que permitiría establecer el presunto incumplimiento en relación a (i) no expedición y reporte de manifiestos de carga ante la plataforma del RNDC, (ii) no enviar los programas de control y seguimiento a las infracciones de tránsito de los conductores a través de la plataforma VIGIA y, (iii) incurrir en una cesación injustificada de actividades.

En caso de ser encontradas responsables, las empresas habilitadas para transporte público de carga podrían ser multadas hasta con setecientos salarios mínimos mensuales legales vigentes, por cada uno de los cargos imputados.  Para el caso en específico del Reporte del Control de Infracciones de Conductores, procede la multa establecida en el Código Nacional de Tránsito que corresponde a cien salarios mínimos legales mensuales vigentes.

En el caso de comprobarse la injustificada cesación de actividades por parte de la empresa transportadora, se podría llegar a la cancelación de la habilitación otorgada por el Ministerio de Transporte.

Por lo anterior, la Superintendencia de Transporte aseguró que se encuentra adelantando el procedimiento administrativo sancionatorio, el cual se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la normatividad vigente.

En adición a las anteriores aperturas, el ente de control y vigilancia inició una campaña de verificación de operaciones en las que se pudo haber infringido (i) el régimen de relaciones económicas y (ii) el cumplimiento de los tiempos de cargue y descargue.

Al respecto, el Superintendente Camilo Pabón Almanza manifestó que “el régimen de relaciones económicas en el transporte terrestre automotor de carga impacta de manera trasversal a todos los actores de la cadena, por lo que esta Superintendencia vigilará el cumplimiento de la normatividad, sin perjuicio de las competencias judiciales para los reclamos particulares en cada caso”.

Finalmente, la Supertransporte publicó la “Guía de Relaciones Económicas”, en la cual se explica a los generadores de carga, empresas de transporte y a los transportadores mismos, cuál es el régimen de precios en transporte de carga, qué consecuencias hay por su infracción y las competencias de esta Superintendencia.

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