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Corte ordena suspender uso de centros de detención transitoria en Bogotá

La orden aplica para parques, remolques, autobuses, carpas y aquellos lugares que venían siendo utilizados para ese fin.

Imagen de referencia. Foto: Colprensa

Imagen de referencia. Foto: Colprensa(Thot)

La Corte Constitucional le ordenó a la Policía Metropolitana de Bogotá a que en un término de  24 horas, suspenda el uso de los centros de detención transitoria como "remolques, autobuses, carpas, parques, plazas públicas" y cualquier otro sitio distinto de los establecimientos de reclusión del sistema penitenciario, debido a que no cumplen con las condiciones mínimas  para garantizar los derechos de los detenidos.

El pronunciamiento se produjo a raíz de una tutela interpuesta por el defensor delegado para la Política Criminal y Penitenciaria, ante la grave crisis por el hacinamiento carcelario en las Unidades de Reacción Inmediata y en las Salas de Retenidos de la Policía Nacional.

La Corte además ordenó al Inpec y a la Unidad  de Servicios Penitenciarios  y Carcelarios, que una serie de protocolos para garantizarle un trato digno a los reclusos que permanecen en esos lugares.

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