Estas son las restricciones de circulación de vehículos durante la cuarentena en Bogotá
La Alcaldía de Bogotá decretó nuevas medidas para controlar los contagios de COVID-19 en la capital del país.
La Alcaldía de Bogotá decretó nuevas medidas para controlar los contagios de COVID-19 en la capital del país.. Foto: Colprensa - Camila Díaz(Thot)
La Alcaldía de Bogotá ha decretado nuevas medidas debido a la alerta roja hospitalaria y en la ciudad por cuenta del aumento de contagio de COVID-19, y la alta ocupación de las UCI en la capital del país.
La cuarentena 4x3 es una de las medidas tomadas por el Distrito, es decir, de lunes a jueves no hay confinamiento, pero de viernes a domingo, sí lo hay.
Además, anunciaron restricciones de circulación de vehículos, las cuales son:
- Restricción nocturna desde el lunes 26 de abril hasta el lunes 3 de mayo de 2021
Los vehículos no podrán circular en la ciudad entre las 8 de la noche y las 4 de la mañana. Excepto los casos previstos en el Art. 1 y 2 del Decreto 157 del 25 de abril de 2021.
- Restricción fin de semana
No podrán circular los vehículos desde las 00:00 del viernes 30 de abril hasta las 4 de la mañana del lunes 3 de mayo de 2021. Excepto los casos previstos en el Art. 1 y 2 del Decreto 157 del 25 de abril de 2021.
Le puede interesar:
- Estas son las nuevas medidas decretadas en Bogotá por el aumento de contagios
- “No queremos seguir pagando los platos rotos”: comerciantes de bares en Bogotá
- Restricciones permanentes y durante la emergencia sanitaria
Vehículos de servicio particular: No hay una norma que diga cuántas personas deben estar dentro del carro, sin embargo, se sugiere mantener el distanciamiento social y utilizar tapabocas. Recordemos que también deben cumplir la medida de pico y placa establecida en la ciudad.
Vehículos de servicio público individual (taxis): El servicio se debe realizar con todos los protocolos de bioseguridad
Vehículos de servicio público especial: Podrán transitar con los protocolos de bioseguridad, manteniendo el distanciamiento de un metro por persona dentro del vehículo.
Vehículos de carga: El vehículo que tenga cabina sencilla no puede transportar a más de dos personas.
Vehículos de transporte público colectivo: Se deberá mantener el distanciamiento social, además se debe controlar el aforo de usuarios.
Monica Lizette Castellanos Osorio
Comunicadora social de la Universidad Santo Tomás....Comunicadora social de la Universidad Santo Tomás. Periodista digital por más de cuatro años en Caracol Radio y actualmente de W Radio.