Internacional

Perú prorroga emergencia por "alta probabilidad" de que pandemia se extienda

La norma fue publicada en el diario oficial El Peruano y regirá a partir del próximo 7 de marzo, un día después de vencido el plazo de una anterior prórroga por 90 días.

El Gobierno de Perú ha decidido prorrogar por 180 días más la emergencia sanitaria vigente en el país desde marzo del año pasado, tras considerar que "existe una alta probabilidad" de que la pandemia de la covid-19 continúe durante todo 2021, según informó este viernes en un decreto supremo.

La norma fue publicada en el diario oficial El Peruano y regirá a partir del próximo 7 de marzo, un día después de vencido el plazo de una anterior prórroga por 90 días, que a su vez fue una extensión de la emergencia que se dictó cuando la enfermedad llegó al país.

En ese sentido, el Gobierno de transición que preside Francisco Sagasti tomó la decisión tras considerar que existe "un diferente e imprevisto comportamiento del SARS-CoV-2" en el país, que reporta hasta el momento más de 1,2 millones de casos y 44.400 fallecidos totales por el coronavirus.

SEGUNDA OLA Y VACUNAS

Al explicar la decisión, el Ejecutivo señaló que el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades considera que "existe una alta probabilidad que esta pandemia se prolongue todo este año a través de olas epidémicas, debido a un diferente e imprevisto comportamiento del SARS-CoV-2".

El organismo especializado detalló que esta situación se puede mantener "hasta que no se logre alcanzar los niveles de inmunidad adecuados de protección de la población" y por la aparición de nuevas variantes "con características de mayor transmisibilidad".

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Además, mencionó la probabilidad de que surjan otras variantes "que no respondan a las actuales vacunas en producción", así como el impacto de la actual segunda ola epidémica "con un crecimiento acelerado de casos y fallecidos".

En ese sentido, la Dirección General de Operaciones en Salud solicitó la prórroga para "continuar con las acciones de prevención, control y atención de salud para la protección de la población", una propuesta apoyada por un Comité Técnico "al evidenciarse la persistencia del supuesto que ha configurado la emergencia sanitaria por la pandemia de la COVID-19".

PLAN DE ACCIÓN Y VIGILANCIA

La norma estableció que corresponde al Ministerio de Salud, al Instituto Nacional de Salud (INS) y al Seguro Social de Salud (EsSalud) "realizar las acciones inmediatas" para "garantizar el servicio público de salud en los casos en que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones".

Cuando concluya la prórroga de la emergencia sanitaria, remarcó, "las autoridades responsables de la ejecución del Plan de Acción deben informar respecto de las actividades y recursos ejecutados, así como sobre los resultados alcanzados".

El decreto se publicó en el boletín de normas legales con las firmas del presidente Francisco Sagasti, y los ministros de Salud, Óscar Ugarte, y de Trabajo, Javier Palacios. 

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