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Caducidad en contrato con Centros Poblados sería nula: exministro Gil Botero

Un concepto enviado por el exconsejero de Estado a la empresa asegura que no era válido pactar una cláusula de caducidad en dicho contrato.

El exministro de Justicia, Enrique Gil Botero, asegura que no era válido pactar una cláusula de caducidad en dicho contrato. Foto: Colprensa / LUISA GONZÁLEZ(Thot)

La W conoció un concepto del exministro de Justicia, Enrique Gil Botero, sobre la validez de pactar una cláusula de caducidad en el contrato entre la Unión Temporal Centros Poblados y el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Según dice el concepto, no era válido pactar ni ejercer la cláusula excepcional de caducidad debido a que no hay una ley que permita a los servidores públicos pactar en este contrato de objeto mixto la estipulación de potestades exorbitantes como dicha cláusula de caducidad.

Así, agregó que se observa que las cláusulas que prevén estos poderes estarían viciadas de nulidad por objeto ilícito, en razón a un pacto contractual que escapaba a la competencia de los funcionarios que en su momento participaron y celebraron la mencionada relación contractual.

En la misma línea, Gil Botero reiteró que “son gravosos los efectos generados con una declaratoria de caducidad de un contrato estatal, por tanto, es menester que la entidad respectiva analice con reposo y sensatez los considerandos expuestos en este documento, los cuales permitirán evidenciar que, jurídicamente, no resulta posible ni procedente una declaratoria de caducidad del Contrato de Aporte No. 1043 de 2020, al evidenciarse una falta de competencia funcional en el caso concreto”.

Luz Helena Fonseca

Periodista W Radio, cubre las noticias de las...