Corte determina que créditos anteriores a 2012 puedan ser pagados con anticipación
Así lo determinó la corporación judicial al declarar exequible el artículo primero de la ley 1555 del 9 de julio de 2012.

Foto: Eltiempo.com(Thot)

La Corte Constitucional determinó este jueves que los créditos tomados antes de julio de 2012 también podrán ser pagados anticipadamente sin incurrir en ningún tipo de penalización o compensación.
Así lo determinó la corporación judicial al declarar exequible el artículo primero de la ley 1555 del 9 de julio de 2012 donde se determinó no penalizar los pagos anticipados de los créditos por parte de las personas que adquirieron dichas obligaciones.
Dice la corte que se debe ampliar el beneficio a las personas que adquirieron antes de julio de 2012 dichos créditos porque si no se estaría desconociendo el principio de igualdad.
Así lo determinó la corporación judicial al declarar exequible el artículo primero de la ley 1555 del 9 de julio de 2012 donde se determinó no penalizar los pagos anticipados de los créditos por parte de las personas que adquirieron dichas obligaciones.
Dice la corte que se debe ampliar el beneficio a las personas que adquirieron antes de julio de 2012 dichos créditos porque si no se estaría desconociendo el principio de igualdad.






