Corte ordena a alcalde reubicar a familias de Bosques de Molinos
Con la Sentencia T-908 de 2012 se ordena al alcalde Gustavo Petro, adelantar el censo de las familias del barrio Rafael Uribe Uribe, para establecer su reubicación.

Foto: EFE(Thot)

La Corte Constitucional rechazó una aclaración solicitada por el alcalde Gustavo Petro, para reubicar a varias familias del barrio Bosques de Molinos, algunas de la cuales, fueron desalojadas por la Policía el 18 de enero del 2012.
Para la Corte “pedir aclaración de tan preciso tenor, está indicando mas bien que se busca una modificación de lo inmodificable, para reducir los titulares del amparo”, precisa la corporación judicial.
Ante este hecho el alcalde debe adelantar lo más pronto posible el censo de las familias y proceder a su reubicación de acuerdo a lo ordenado a la Sentencia T-908 de 2012, que ordena al Distrito de Bogotá, por conducto del alcalde mayor, que un periodo de seis meses se cumpla con la reubicación de las familias del barrio Bosque de Molinos, de la localidad Rafael Uribe Uribe.
Para la Corte “pedir aclaración de tan preciso tenor, está indicando mas bien que se busca una modificación de lo inmodificable, para reducir los titulares del amparo”, precisa la corporación judicial.
Ante este hecho el alcalde debe adelantar lo más pronto posible el censo de las familias y proceder a su reubicación de acuerdo a lo ordenado a la Sentencia T-908 de 2012, que ordena al Distrito de Bogotá, por conducto del alcalde mayor, que un periodo de seis meses se cumpla con la reubicación de las familias del barrio Bosque de Molinos, de la localidad Rafael Uribe Uribe.






