Judicial

Procuraduría pide a la Corte declarar constitucional el Código Electoral

El ente de control pide que se de prioridad para que se apliquen las elecciones de 2022.

La Procuraduría le solicitó a la Corte que avale la ley estatutaria que creó el nuevo Código Electoral. Foto: Colprensa

La Procuraduría le solicitó a la Corte que avale la ley estatutaria que creó el nuevo Código Electoral. Foto: Colprensa(Thot)

El magistrado Jorge Enrique Ibáñez tiene a cargo la revisión del nuevo Código Electoral, luego de que el año pasado fuera aprobado en el Congreso de la República. La Corte Constitucional está por definir si su contenido y la forma como se llevó a cabo su aprobación están ajustadas a la Constitución, como requisito previo a la sanción presidencial.

La Procuraduría le solicitó a la Corte que avale la ley estatutaria que creó el nuevo Código Electoral, con algunos ajustes, como la paridad de género en las listas al Congreso, a las asambleas departamentales y concejos municipales.

Indica el concepto que se le solicitará “que la cuota de género en la inscripción de listas de candidatos establecida en el artículo 84 del PLE, no dependa del número de curules a proveer, sino que en todos los casos sea del 50% para avanzar en la paridad en comparación con la normatividad vigente”.

De igual forma, piden la exequibilidad condicionada del artículo 255 del PLE, referente a la definición de violencia contra la mujer, con el fin de evitar que la redacción de la norma genere confusiones que lleven a entender que las conductas allí referidas son taxativas y no meramente enunciativas, así como que la competencia para investigarlas es exclusiva del Consejo Nacional Electoral, inhibiendo la operación de otras autoridades competentes.

La PGN aseguró que un proyecto de ley estatutaria sí puede ser aprobado en los recesos de la legislatura “siempre que el Gobierno Nacional realice la convocatoria correspondiente a sesiones extraordinarias”.

Por otra parte, la entidad le pidió a la Corte condicionar algunos apartados del código, donde se establecen fallas absolutas de los gobernadores y alcaldes y que son, por ejemplo, la muerte, la incapacidad física permanente, la renuncia, la nulidad de la elección, una condena penal, la revocatoria del mandato y la sanción de destitución en el cargo por “autoridad judicial”.

Por último, la Procuraduría le pidió al alto tribunal le otorgue prelación al trámite de revisión de constitucionalidad del Proyecto de Ley Estatutaria, pues, “dada la trascendencia social de los comicios para la democracia colombiana y, en especial, ante la proximidad de las elecciones parlamentarias y presidenciales del año 2022, es imperioso un pronunciamiento oportuno sobre el cuerpo normativo afectos de evitar inseguridad jurídica en el desarrollo de las mismas”.

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