Judicial

Queda en firme condena contra implicado en caso Hyundai

Dagoberto Rodríguez era el oficial mayor del juzgado 6 civil del circuito que supuestamente recibió dineros de parte del empresario Carlos Mattos.

El Tribunal Superior de Bogotá confirmó la condena contra Dagoberto Rodríguez niño. Foto: Getty Images

El Tribunal Superior de Bogotá confirmó la condena contra Dagoberto Rodríguez niño. Foto: Getty Images(Thot)

El Tribunal Superior de Bogotá confirmó la condena contra Dagoberto Rodríguez niño, quien confesó haber participado de la red que direccionó un proceso en el caso Hyundai.

Rodríguez era el oficial mayor del juzgado Sexto Civil del circuito que supuestamente recibió dineros de parte del empresario Carlos Mattos.

El Tribunal confirmó la pena principal de 80.4 meses de prisión, multa de 239.994 salarios mínimo legales mensuales vigentes y la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por un término de 72 meses.

En este proceso, la Fiscalía General de la Nación señaló que Carlos Mattos y David Durán contactaron a Rodríguez y se reunieron para determinar qué posibilidades había de acceder a las medidas cautelares que requería el empresario. Esto, para “fortalecer en su proceso de negociación”.

De esta manera, el ente acusador explica que “es así como Rodríguez contacta al juez Reinaldo Huertas para tomar una decisión que favorezca a Mattos y este accede. Se concertan y accede”.

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Llamado de atención a la Fiscalía

En la decisión, el Tribunal hace una aclaración de voto en la que hace explícita la “preocupación por la pobre e insuficiente explicación que brindó la Fiscalía, y que el a quo avaló, para no reclamar del acusado la restitución del incremento patrimonial que, indudablemente obtuvo por razón de los hechos punibles, gravísimos, que cometió”.

Así, continúa: “Baste decir que por ello se lo acusó -y aceptó responsabilidad- por cohecho impropio; descripción típica que implica desde su escénica la obtención de dinero u otra utilidad o promesa remuneratoria, y en los hechos jurídicamente relevantes queda claro que no se trató únicamente de promesas, sino del suministro espurio de sumas dinerarias para afrentar a la administración de justicia. Por ello, debió la Fiscalía, como titular de la acción penal, obrar con mayor diligencia”.

De este modo, concluye que, por lo demás, la gravedad y pluralidad de conductas, así como la concertación de pluralidad de personas, debió merecer una pena mucho mayor.

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